lunes, 18 de enero de 2010

Crónica de los serios incidentes ante el juicio-farsa a Arenas


Serios incidentes en el comienzo del juicio-farsa a dos militantes del PCE(r), entre ellos el “Camarada Arenas”, y tres de los GRAPO.

Incidente 1.

Cuando Manuel Pérez Martínez se encontraba en los calabozos de esta misma Audiencia Nacional, ha entrado en su celda un persona con uniforme de la Guardia Civil, el cual le ha amenazado directa y literalmente hasta que ha sido desalojado por la Policía Nacional que custodia los calabozos cuando se han dado cuenta del incidente.
Procede la deducción de testimonio por estos hechos.
No se puede llevar adelante un juicio si el tribunal en sus propias dependencia no es capaz de garantizar la integridad física de los inculpados.

Incidente 2.

Infracción del derecho constitucional de defensa del artículo 24 de la Constitución.
Con el fin de impedir el ejercicio del derecho de defensa en este procedimiento, el Ministerio del Interior han procedido al trasladado de algunos de los inculpados con un solo día de antelación desde las lejanas prisiones en la que están recluidos como consecuencia de su política de dispersión.
Según parece mi defendido Marcos Martín Ponce fue trasladado el jueves 14 de enero a la cárcel de Valdemoro. Al día siguiente viernes por la mañana en las dependencias de esta Sala se me informa verbalmente, por el contrario, de que está en la prisión de Navalcarnero.
Por la tarde acudo a dicha prisión y me informan de que allí no está. Al día siguiente sábado es día de visitas familiares, por lo que las comunicaciones con los abogados se complican.
Sospecho que mi defendido está en Valdemoro. Llegado a dicha prisión por la mañana, no encuentro a ningún funcionario que atienda la puerta de entrada de visitantes, pero logro entrar por otra puerta hasta que un funcionario me informa de que quien atiende la entrada está viendo la televisión. Puesto en contacto con éste, me dice que los abogados no podemos visitar a los presos los fines de semana pero que como favor personal me lo permite.
Al mismo tiempo me confirma que mi defendido Marcos Martín se encuentra en aquella prisión junto con otro de mis defendidos Israel Torralba.
Al entrar en los locutorios, en lugar de traer a ambos juntos, como consecuencia de la misma política del Ministerio del Interior, me dicen que tengo que comunicar con ambos uno por uno, a pesar de que están incluidos en el mismo sumario.
Les comunico a los funcionarios de que es imposible preparar un sumario en esas condiciones, puesto que la defensa es única para ambos reclusos, pero es inútil y se inicia la comunicación de Israel Torralba.
A las 13'30 de la mañana la comunicación es interrumpida por los funcionarios, que se llevan a mi defendido por que, según dicen, es la hora de comer. Las protestas tampoco sirven para nada.
Dado que mi documentación ya se ha entregado, logro que un funcionario se comprometa personalmente a mantener una comunicación con ambos por la tarde a partir de las 15'00 horas.
Vuelvo a las 15'00 horas y me encuentro con la siguiente sorpresa: que Israel Torralba está comunicando con sus familares y que Marcos Martín acaba de ser trasladado hace 15 minutos a Navalcarnero.
Logro que me devuelvan una parte de mi documentación, arranco el vehículo y me traslado inmediatamente a la cárcel de Navalcarnero para comunicar con Marcos Martín, pero me dicen que allí no está.
Consecuencia: el derecho de defensa no existe y procede ordenar la suspensión de la vista oral hasta que se garantice la posibilidad de mantener una entrevista con mi defendido.

Incidente 3.
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Infracción del principio de cosa juzgada y "non bis in idem" (art.25 de la Constitución y 666.2 de la LECr.) (principios de legalidad y de tipicidad de las infracciones penales)
Constan en el rollo de esta causa dos sentencias francesas, una dictada en primera instancia y otra en apelación. En ellas se condena a José Luis Elipe y Manuel Pérez Martínez por dos de los delitos que aquí se les imputa, a saber, pertenencia a una organización armada y falsificación de documento público.
El fiscal califica el delito de falsificación de documento público que imputa a Jose Luis Elipe como "continuado".
No obstante, sólo se le imputa la falsificación de un único documento de identidad.
Pues bien: la sentencia de instancia dictada en Francia menciona expresamente ese documento como uno de los juzgados en Francia y por los que José Luis Elipe cumplió ya su condena:
Concretamente en el folio 1726 del tomo IV del rollo de Sala consta una traducción al castellano de dicha sentencia en la que se habla de ese documento.
Conclusión: se intenta condenar dos veces a dichas personas por los mismos hechos.

Juanma Olarieta Alberdi
Abogado de los encausados
Desde la Audiencia Nacional, 18 enero 2010

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