Memoria Histórica del día:
-1826: Último “auto de fé inquisitorial” católico en España. En Valencia, el maestro Cayetano Ripoll es ahorcado por “hereje pertinaz” y su cuerpo, de escarnio, metido en un tonel pintado con llamas.
-1895: Fundación del Partido Nacionalista Vasco, PNV.
-1914: Jean Jaurés, dirigente socialista francés, es asesinado en París.
-1959: Constitución de Euskadi Ta Askatasuna, ETA.
-1976: José López Ragel y Fausto Peña Moreno, guerrilleros de los GRAPO, mueren en acción armada en Sevilla, cuando intentaban volar el palacio de justicia falangista. Esa misma noche vuelan 10 monumentos fascistas en varios puntos del Estado, entre ellos el “Monumento del Cuartel de la Montaña” en Madrid, erigido en honor fascista a los que se revelaron criminalmente contra la legalidad republicana.
José López Ragel:
Fausto Peña Moreno:
La policía española admite mantener “archivos ideológicos secretos” sobre personas
Diagonal, 22 de julio de 2011
http://www.diagonalperiodico.net/La-policia-admite-tener-archivos.html
El 13 de julio finalizó el juicio contra 24 personas por los incidentes de febrero de 2002 en la Universidad de Sevilla en el marco de las protestas anti LOU. En la vista, la policía reconoció la existencia de ficheros ideológicos.
La Red de Apoyo a los Estudiantes anti LOU siempre ha insistido en el carácter político del proceso, cuyo objetivo era quebrar, a través de la represión, el movimiento de lucha estudiantil. Lo que pocos esperaban es que esto se hiciera evidente en la vista oral. En una de las sesiones, la sala enmudeció cuando un policía de la Brigada de Información, testigo de la Fiscalía, reconocía la utilización de “archivos secretos” de carácter ideológico para identificar a las personas imputadas .
Según explica Luis de los Santos, uno de los abogados defensores, la existencia de estos ficheros ya se había puesto de manifiesto porque “como prueba, fueron incluidos informes políticos sobre una serie de imputados, acerca de su ideología o las manifestaciones a las que acudían”.
Y afirma que el entonces jefe de la Brigada de Información de la Policía Nacional y actual concejal de Seguridad y Movilidad en el Ayuntamiento de Sevilla, Demetrio Cabello, “ha llegado a declarar que utilizan esos informes para que los jueces sepan con qué tipo de personas están tratando”.
Este abogado confirma haber “pedido a la jueza que deduzca testimonio por un delito contra la libertad ideológica y contra la intimidad de las personas a los tres policías de la Brigada Social que han declarado en el juicio. Si esto no ocurre, daremos cuenta al Defensor y a la Fiscalía porque creemos que estas prácticas pueden ser constitutivas de delito”.
Demetrio Cabello, el entonces responsable policial, se ha negado a aclarar los criterios utilizados para identificar a las personas que luego fueron acusadas de haber participado en los incidentes. Según el abogado esto provoca su absoluta indefensión: “No podemos valorar si es constitucional o no, y si esta prueba de cargo está absolutamente viciada y, por lo tanto, si todas las diligencias practicadas en base a esas identificaciones, por la misma razón, deberían anularse”.
Durante la vista oral las defensas han señalado otras irregularidades del procedimiento, comenzando por su dilación indebida. Además, los guardias de seguridad, testigos de la acusación, no han reconocido a ninguna de las personas imputadas.
Algo que las defensas destacaron en los alegatos finales: “Una cosa es que de un conjunto de hechos no se recuerden determinados detalles y otra bien distinta es que las pruebas de cargo para condenar se basen en testimonios que afirman no recordar absolutamente nada”.
Son algunos ejemplos de un proceso considerado, desde sus inicios como un “auténtico despropósito” por la Red de Apoyo (apoyoantilou.- blogspot.com). Los abogados y abogadas de la defensa coinciden en que en ningún momento han quedado acreditados por parte de la Fiscalía los presuntos delitos de desórdenes públicos y daños ni las faltas de lesiones. “En base a la falta de pruebas y al principio de presunción de inocencia debería de dictarse su absolución”, sostiene Luis de los Santos.
Durante la vista oral se ha recordado el contexto sociopolítico en el que se produjeron estos hechos, una época de gran agitación social marcada por las protestas contra la reforma laboral o las políticas belicistas del ejecutivo de José María Aznar, un Gobierno que desde enero de 2002 ocupaba la presidencia de la Unión Europea y se preparaba para la Cumbre de jefes de Estado de la UE que iba a tener lugar ese mismo verano en Sevilla.
En concreto, la masiva respuesta estudiantil contra la LOU y la Ley de Calidad despertó a una comunidad universitaria que no se movilizaba con tanto ímpetu desde la década de los ‘80. El rechazo a una ley que abría la puerta a la mercantilización y elitización de la Universidad movilizó a decenas de miles de personas en todo el Estado. En Sevilla, el Comité General de Huelga se convirtió en referente de la lucha. Una vez aprobada la ley, la estrategia estudiantil pasó por reclamar la desobediencia civil de los órganos universitarios a la aplicación de la LOU. En Sevilla, se organizó una acampada a las puertas del Ayuntamiento que fue desalojada después de 49 días de resistencia.
En lugar de rendirse, un centenar de estudiantes decidieron asistir a la Junta de Gobierno de la Universidad convocada el 8 de febrero para dar luz verde a la LOU, con la intención de solicitar su aplazamiento hasta que se celebrase una Asamblea de Universidad. Una vez allí, el entonces rector de la Universidad de Sevilla, Miguel Florencio, que había garantizado que escucharía a los estudiantes, les dio la espalda. Se produjeron unos incidentes, descritos en el juicio como de “absoluto caos”, que se iniciaron tras ser gaseados los estudiantes, tal y como demuestra una de las imágenes incluidas en el sumario, en la que se ve como un guardia de seguridad se dirige contra ellos accionando uno de los extintores.
Casi diez años después…
El papel del entonces rector, Miguel Florencio, ha sido, cuanto menos ambiguo, ya que pasó de convocar un paro académico a convertirse en el impulsor implacable de la represión estudiantil. Así, se inició un doble proceso: uno administrativo, que en base a un reglamento de 1954, culminó con la expulsión durante cinco años de la Universidad de cinco de los estudiantes, además de la anulación de ese curso; y otro, penal, en el que, a raíz de la denuncia interpuesta por el rector, se produjeron enseguida las primeras detenciones a partir de las irregulares identificaciones policiales y que se cebaron en las personas que habían sido más visibles durante la lucha. Estos sucesos marcaron al movimiento anti LOU ya que la intensa campaña de criminalización y represión frenó la lucha.
Aunque el fiscal ha rebajado la petición por desórdenes públicos, de un año de prisión a cuatro meses, ha mantenido la reclamación de altas cantidades, incluida la indemnización por responsabilidad civil, que supera los 37 mil euros. Mientras, los y las 24 acusados consideran que la única decisión justa es su absolución.
En sus intervenciones finales coincidieron en que han pagado con creces por unos hechos de los que no fueron responsables. “Llevo diez años preguntándome por qué fui detenida, por qué fueron a mi casa e intimidaron a mi hermano pequeño, por qué me quieren condenar por luchar por una educación pública y acudir a una concentración".
ARCHIVOS SECRETOS
La referencia en el juicio a “archivos secretos ha confirmado”, según Luis de los Santos, “la denuncia que interpusimos en su día una serie de organizaciones ante Fiscalía, Defensor del Pueblo y Agencia de Protección de Datos, sobre la existencia de archivos al margen de la Ley de Protección de Datos, sin que las personas puedan tener acceso para su rectificación y cancelación”.
En la denuncia presentada en abril de 2011, a raíz de varios casos, entre ellos, este mismo proceso judicial, se pide la apertura de una investigación por la posible existencia de bases de datos de ciudadanos manejadas por la Brigada de Información de la Policía Nacional y el Grupo Hércules de la Comisaría Centro de la Policía Nacional, con conocimiento de la Delegación del Gobierno en Sevilla “con una finalidad político- ideológica”y “sin control alguno por parte de la Administración”, que pueden vulnerar “derechos fundamentales”. El Defensor del Pueblo Andaluz confirmó el 27 de mayo que abrirá una investigación.
El 13 de julio finalizó el juicio contra 24 personas por los incidentes de febrero de 2002 en la Universidad de Sevilla en el marco de las protestas anti LOU. En la vista, la policía reconoció la existencia de ficheros ideológicos.
La Red de Apoyo a los Estudiantes anti LOU siempre ha insistido en el carácter político del proceso, cuyo objetivo era quebrar, a través de la represión, el movimiento de lucha estudiantil. Lo que pocos esperaban es que esto se hiciera evidente en la vista oral. En una de las sesiones, la sala enmudeció cuando un policía de la Brigada de Información, testigo de la Fiscalía, reconocía la utilización de “archivos secretos” de carácter ideológico para identificar a las personas imputadas .
Según explica Luis de los Santos, uno de los abogados defensores, la existencia de estos ficheros ya se había puesto de manifiesto porque “como prueba, fueron incluidos informes políticos sobre una serie de imputados, acerca de su ideología o las manifestaciones a las que acudían”.
Y afirma que el entonces jefe de la Brigada de Información de la Policía Nacional y actual concejal de Seguridad y Movilidad en el Ayuntamiento de Sevilla, Demetrio Cabello, “ha llegado a declarar que utilizan esos informes para que los jueces sepan con qué tipo de personas están tratando”.
Este abogado confirma haber “pedido a la jueza que deduzca testimonio por un delito contra la libertad ideológica y contra la intimidad de las personas a los tres policías de la Brigada Social que han declarado en el juicio. Si esto no ocurre, daremos cuenta al Defensor y a la Fiscalía porque creemos que estas prácticas pueden ser constitutivas de delito”.
Demetrio Cabello, el entonces responsable policial, se ha negado a aclarar los criterios utilizados para identificar a las personas que luego fueron acusadas de haber participado en los incidentes. Según el abogado esto provoca su absoluta indefensión: “No podemos valorar si es constitucional o no, y si esta prueba de cargo está absolutamente viciada y, por lo tanto, si todas las diligencias practicadas en base a esas identificaciones, por la misma razón, deberían anularse”.
Durante la vista oral las defensas han señalado otras irregularidades del procedimiento, comenzando por su dilación indebida. Además, los guardias de seguridad, testigos de la acusación, no han reconocido a ninguna de las personas imputadas.
Algo que las defensas destacaron en los alegatos finales: “Una cosa es que de un conjunto de hechos no se recuerden determinados detalles y otra bien distinta es que las pruebas de cargo para condenar se basen en testimonios que afirman no recordar absolutamente nada”.
Son algunos ejemplos de un proceso considerado, desde sus inicios como un “auténtico despropósito” por la Red de Apoyo (apoyoantilou.- blogspot.com). Los abogados y abogadas de la defensa coinciden en que en ningún momento han quedado acreditados por parte de la Fiscalía los presuntos delitos de desórdenes públicos y daños ni las faltas de lesiones. “En base a la falta de pruebas y al principio de presunción de inocencia debería de dictarse su absolución”, sostiene Luis de los Santos.
Durante la vista oral se ha recordado el contexto sociopolítico en el que se produjeron estos hechos, una época de gran agitación social marcada por las protestas contra la reforma laboral o las políticas belicistas del ejecutivo de José María Aznar, un Gobierno que desde enero de 2002 ocupaba la presidencia de la Unión Europea y se preparaba para la Cumbre de jefes de Estado de la UE que iba a tener lugar ese mismo verano en Sevilla.
En concreto, la masiva respuesta estudiantil contra la LOU y la Ley de Calidad despertó a una comunidad universitaria que no se movilizaba con tanto ímpetu desde la década de los ‘80. El rechazo a una ley que abría la puerta a la mercantilización y elitización de la Universidad movilizó a decenas de miles de personas en todo el Estado. En Sevilla, el Comité General de Huelga se convirtió en referente de la lucha. Una vez aprobada la ley, la estrategia estudiantil pasó por reclamar la desobediencia civil de los órganos universitarios a la aplicación de la LOU. En Sevilla, se organizó una acampada a las puertas del Ayuntamiento que fue desalojada después de 49 días de resistencia.
En lugar de rendirse, un centenar de estudiantes decidieron asistir a la Junta de Gobierno de la Universidad convocada el 8 de febrero para dar luz verde a la LOU, con la intención de solicitar su aplazamiento hasta que se celebrase una Asamblea de Universidad. Una vez allí, el entonces rector de la Universidad de Sevilla, Miguel Florencio, que había garantizado que escucharía a los estudiantes, les dio la espalda. Se produjeron unos incidentes, descritos en el juicio como de “absoluto caos”, que se iniciaron tras ser gaseados los estudiantes, tal y como demuestra una de las imágenes incluidas en el sumario, en la que se ve como un guardia de seguridad se dirige contra ellos accionando uno de los extintores.
Casi diez años después…
El papel del entonces rector, Miguel Florencio, ha sido, cuanto menos ambiguo, ya que pasó de convocar un paro académico a convertirse en el impulsor implacable de la represión estudiantil. Así, se inició un doble proceso: uno administrativo, que en base a un reglamento de 1954, culminó con la expulsión durante cinco años de la Universidad de cinco de los estudiantes, además de la anulación de ese curso; y otro, penal, en el que, a raíz de la denuncia interpuesta por el rector, se produjeron enseguida las primeras detenciones a partir de las irregulares identificaciones policiales y que se cebaron en las personas que habían sido más visibles durante la lucha. Estos sucesos marcaron al movimiento anti LOU ya que la intensa campaña de criminalización y represión frenó la lucha.
Aunque el fiscal ha rebajado la petición por desórdenes públicos, de un año de prisión a cuatro meses, ha mantenido la reclamación de altas cantidades, incluida la indemnización por responsabilidad civil, que supera los 37 mil euros. Mientras, los y las 24 acusados consideran que la única decisión justa es su absolución.
En sus intervenciones finales coincidieron en que han pagado con creces por unos hechos de los que no fueron responsables. “Llevo diez años preguntándome por qué fui detenida, por qué fueron a mi casa e intimidaron a mi hermano pequeño, por qué me quieren condenar por luchar por una educación pública y acudir a una concentración".
ARCHIVOS SECRETOS
La referencia en el juicio a “archivos secretos ha confirmado”, según Luis de los Santos, “la denuncia que interpusimos en su día una serie de organizaciones ante Fiscalía, Defensor del Pueblo y Agencia de Protección de Datos, sobre la existencia de archivos al margen de la Ley de Protección de Datos, sin que las personas puedan tener acceso para su rectificación y cancelación”.
En la denuncia presentada en abril de 2011, a raíz de varios casos, entre ellos, este mismo proceso judicial, se pide la apertura de una investigación por la posible existencia de bases de datos de ciudadanos manejadas por la Brigada de Información de la Policía Nacional y el Grupo Hércules de la Comisaría Centro de la Policía Nacional, con conocimiento de la Delegación del Gobierno en Sevilla “con una finalidad político- ideológica”y “sin control alguno por parte de la Administración”, que pueden vulnerar “derechos fundamentales”. El Defensor del Pueblo Andaluz confirmó el 27 de mayo que abrirá una investigación.
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