domingo, 30 de junio de 2013

La propia Audiencia Nacional definía al PCE(r) y a los GRAPO en 1979.

Hacía falta que todo cambiara para que todo siguiera igual. Sellos de Franco y Borbón
  Memoria Histórica muy reciente

Diario 16. 05/05/1979

La sentencia define al PCE (r) y los GRAPO.
Lámina del libro de 1985 "Con la espada encendida". Hombre rompiendo barrotes
  Condenados por el asesinato del capitán Herguedas

La Audiencia Nacional hizo pública ayer la sentencia dictada en relación con la muerte del capitán Herguedas y otras actividades del PCE (r) y de los GRAPO, consistente en casi noventa años de cárcel en total para siete procesados.
Según la sentencia, el citado partido es una organización de ideología marxista-leninista que se propone el cambio radical de la estructura social, política y económica establecida en España, con destrucción del orden existente, inclusive a través de medios de fuerza, para implantar su modelo de sociedad.
Los llamados Grupos de Resistencia Antifascista Primero de Octubre (GRAPO) -dice la sentencia- son una organización que emplea la violencia y las armas, de manera en que intenta con ello conseguir un cambio total en el orden social, económico y político de España, con destrucción del esquema de sociedad hoy establecido.”
(…)
MURO SOLIDARIO: Pintada Despertad! PCE(r)
  (((Ahora Diario 16 hace mezcolanza de comunistas con guerrilleros)))

En el domicilio de Juan Martín fue encontrada la pistola con la que se cometió el crimen, treinta cartuchos de «goma2» y un artefacto manual de control a distancia, destinado a ser empleado en actos de violencia.
Manuel Pérez Martínez, como secretario general del partido: FJ Maldonado, como secretario de propaganda, y José Balmón Castell, al frente de la sección de organización, son miembros del órgano directivo del PCE(r).
JR García pertenece a los GRAPO y en su domicilio encontraron un fichero de datos y 17 cartuchos de «goma-2», un detonante eléctrico, diez cajas de munición para pistola o metralleta y 25 cartuchos, del calibre nueve largo.
N Hernáiz, mujer del anterior, sabía de las actividades de su marido relativas al fichero, en cuyos trabajos participaba, aparte de pertenecer al PCE(r), pero no hay pruebas de que estuviera enterada de la existencia de las municiones.
En el fallo de la Audiencia Nacional, Juan García, como autor de un delito de asesinato y otro de atentado, y tenencia de explosivos es condenado a la pena de 37 años de reclusión. Francisco Brotons, como inductor del asesinato y del atentado, a 25 años de reclusión. Manuel Pérez Martínez, José Ballmón Castell y FJ Maldonado son condenados cada uno, como autores de un delito de asociación ilícita, a cinco años de prisión y multa de 150.000 pesetas.”

*El 27 de septiembre de 1977 muere en atentado de los GRAPO el capitán de la policía y jefe de los coches patrullas de la Policía Nacional Florentino Herguedas, por su participación directa en los pelotones de fusilamiento de dos años atrás contra los 5 antifascistas de ETA y FRAP.
Dibujo MPM 2012. Obrero con lanza cohetes

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