jueves, 16 de diciembre de 2010

10 nuevas detenciones políticas en Euskal Herria. 2 abogad@s, 6 jóvenes independentistas y 2 componentes de la Radio Libre Hala Bedi

NUEVAS OPERACIONES POLICIALES contra abogados e independentistas vascos

La Policía española arresta a dos abogados y seis jóvenes independentistas. Horas antes detuvo a dos componentes de Hala Bedi Irratia en Vitoria

La Policía española ha detenido a ocho jóvenes independentistas, entre ellos dos abogados, en una operación desarrollada de madrugada y ordenada por el juez Fernando Grande Marlaska. Les acusan de pertenecer a Segi.

La primera noticia de la operación policial llegó anoche desde Aranjuez, donde la Policía española detuvo a las puertas de la prisión madrileña a la abogada Haizea Ziluaga.

Poco después, el movimiento pro amnistía confirmaba el arresto de otro letrado, el de Haritz Escudero en Lanzarote (Canarias), donde se encontraba de vacaciones.

Las agencias han divulgado que los otros seis jóvenes independentistas arrestados en Euskal Herria son Saioa Zubiaur, detenida en Bilbo; Garazi Autor, Izaskun Goñi, Eneko Villegas y Ohiana López, en Nafarroa; y Ainhoa Villaverde, en Gasteiz.

Durante la noche, la Policía española ha registrado los domicilios de los arrestados. En Bilbo, han entrado en la vivienda de Haizea Ziluaga sobre las 02.00 horas y se han marchado tres horas después con la joven. Previamente, han accedido al despacho en el que trabaja la abogada. En torno a la medianoche, sobre las 0.45 horas, efectivos policiales han entrado en un domicilio de la calle Maurice Ravel de Bilbo, en presencia de Saioa Zubiaur, según las agencias, que indican que abandonaron la vivienda a las 02,00 horas. También ha finalizado el registro de la casa de Ainhoa Villaverde en la capital arabarra.

Dos detenidos en Vitoria-Gasteiz unas horas antes

Por otra parte, Eva Camón y Joseba Andoni Ullibarri, miembros de la radio libre Hala Bedi Irratia, están incomunicados en manos de la Guardia Civil tras ser arrestados en Gasteiz sobre la medianoche del martes. Sobre ambos pesa una acusación de «amenazar de muerte» a la eurodiputada del PP Teresa Jiménez Becerril.
Las detenciones se produjeron en la vivienda que comparten en la calle Pintorería del Casco Viejo. Además de la vivienda, los agentes registraron una bajera.
Los familiares tramitaron por la mañana la demanda para que el juez adopte medidas que eviten la tortura. Una solicitud que por la tarde no había obtenido respuesta.

La operación se desarrolló bajo la dirección del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, donde se tramitó una Comisión Rogatoria Internacional cursada por la Fiscalía General de Bélgica.

Al parecer, el operativo se basa en una denuncia interpuesta por la eurodiputada del PP a la Policía Judicial belga tras recibir, supuestamente, un correo electrónico de contenido amenazante el 29 de junio en Bruselas.

Hala Bedi mostró su preocupación por el estado de sus compañeros y alertó de las «posibles aviesas intenciones que pueda llevar de fondo» el operativo.

miércoles, 15 de diciembre de 2010

Entrevista con la familia de José Couso, asesinado por mercenarios USA

«Nunca pensamos que la connivencia llegara a tanto»

Javier COUSO Hermano del cámara José Couso, muerto por tropas de EEUU en Irak

GARA. 4 diciembre 2010

La familia Couso lleva más de siete años exigiendo justicia. No ha sido tarea fácil. En el camino han encontrado un sinfín de obstáculos y el caso ha estado a punto de ser archivado hasta en tres ocasiones. La filtración por parte de la web Wikileaks ha puesto de evidencia la connivencia del Gobierno español con la Embajada de Estados Unidos para frenar la investigación.

La familia del cámara José Couso, muerto en Irak por un proyectil lanzado por un tanque estadounidense contra el hotel donde se alojaban los periodistas, siempre receló de la Fiscalía española y de los responsables gubernamentales. Pero, jamás pensó que la connivencia con EEUU llegara hasta tal punto. La próxima semana presentará una denuncia ante la Fiscalía General para que sea la propia Fiscalía quien investigue las filtraciones de Wikileaks.

¿Cómo se sienten tras las últimas revelaciones de Wikileaks?

Estamos absolutamente indignados. Nunca pensamos que la connivencia llegara a tanto; se te cae el alma a los pies al ver la absoluta sumisión de éste y otros gobiernos a EEUU. Y, luego, hablan de soberanía, de independencia judicial y de Estado de Derecho. Son términos que les vienen grandes.

¿Qué motivó sus sospechas sobre la connivencia de Madrid con Washington?

En primer lugar, la actuación de la Fiscalía, tanto con José María Aznar como con José Luis Rodríguez Zapatero. Además de no se personarse en la causa, nos enteramos de un viaje secreto que hizo el fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, a EEUU. A su regreso, presentó el recurso contra la admisión a trámite de nuestra querella. Gente cercana al proceso nos ha ido informando. Teníamos noticias de que algo pasaba y de que había cierta connivencia entre el Gobierno y la Embajada, pero nunca pensamos que llegara hasta el extremo de que hubiera ministros implicados y de que corrieran genuflexos cada vez que algún juez daba un paso.

Desde el Gobierno español se alega que las reuniones con la Embajada estadounidense se enmarcan dentro de las relaciones bilaterales.

Deben pensar que somo tontos. Son unos completos caraduras. Tanto nuestros abogados como asociaciones de juristas han mostrado su sorpresa y preocupación porque no debería ser una norma que un fiscal general del Estado y los miembros del Gobierno conspiren con otro país para paralizar una investigación sobre un nacional.

¿Han mantenido algún contacto con la Fiscalía y el Gobierno a lo largo de estos siete años?

Los contactos que hemos mantenido con la Fiscalía siempre han sido a petición nuestra. Al ahora ex ministro de Exteriores Miguel Angel Moratinos le exigimos que presionara a su homólogo estadounidense, al entonces titular de Justicia Juan Fernando López Aguilar le preguntamos qué iba a hacer ante el incumplimiento por parte de EEUU del convenio bilateral de asistencia mutua en materia judicial y penal o si iba a dar traslado a las órdenes de búsqueda y captura contra los tres soldados estadounidenses y a la vicepresidenta María Teresa Fernández de la Vega, si tenía intención de presionar a Washington.

¿Cuál era su actitud ante sus requerimientos?

Nos decían que jamás entorpecerían la labor de la Justicia y que cómo podíamos pensar semejante cosa. El fiscal general del Estado nos mentía cuando nos decía que lo que le preocupaba era la competencia del tribunal para investigar el caso, porque siguió oponiéndose incluso después de que el Tribunal Supremo dictaminase que sí la tenía. Claro, ésas eran la órdenes que recibía de la Embajada.

¿En algún momento se ha puesto en contacto la Embajada estadounidense con la familia?

No. Incluso en una ocasión intentamos entregar una carta y se negaron a recibirnos. Si fuéramos iraquíes, palestinos o guatemaltecos, posiblemente ya estaríamos muertos. Pero, como el caso ha ganado tanta notoriedad no nos pueden hacer nada, aunque ganas no les faltan.

¿Cómo valora el alcance que han tenido estas revelaciones?

Apenas ha habido movimiento en el Congreso. PSOE, PP y CiU han cargado contra Wikileaks pero no lo han hecho contra la absoluta pérdida de la soberanía que evidencia la documentación filtrada. Esta escasa respuesta demuestra que los representantes de los partidos políticos mayoritarios no tienen ningún interés en salvaguardar la vida y dignidad de sus nacionales.

Sabiendo lo que saben, ¿albergan todavía alguna esperanza de lograr justicia?

Sabemos que es muy difícil. La instrucción nos parece correcta, pero tenemos la presión de un país como Estados Unidos que hace caso omiso del derecho internacional y de los derechos humanos. Sabemos que tenemos un enemigo muy poderoso y aunque han intentado cerrar el caso hasta en tres ocasiones no lo han logrado. Por lo menos, dentro de Europa están en búsqueda y captura y quién sabe si dentro de unos años les pase como a Pinochet. Ésa es nuestra esperanza. Que al menos tengan esa espada sobre sus cabezas.

martes, 14 de diciembre de 2010

Comité Internacional Contra las Desapariciones Forzadas. 6ª Conferencia en Londres

6ª CONFERENCIA ICAD en Londres
Entre los días 9 a 12 de diciembre 2010 el Comité Internacional Contra las Desapariciones Forzadas ha organizando la 6ª conferencia internacional contra desapariciones en detención policial, en la ciudad de Londres. Este año la conferencia reunió a familiares de desaparecidos, organizaciones de resistencia contra las desapariciones forzadas y violaciones de derechos humanos, organizaciones sindicales, movimientos sociales, intelectuales, etc., provenientes de todo el mundo, para compartir su dolor, su miedo y sus experiencias entre ellos. Creemos que la conferencia también será una oportunidad para todos los participantes para discutir y crear nuevos espacios para luchas conjuntas.
Cientos de personas desaparecen bajo custodia cada año durante guerras y ocupaciones, especialmente en el Medio Oriente y Afganistán; así mismo ocurre en las guerras sucias contra los pueblos que luchan por su liberación nacional en contra del colonialismo. Nuestra conferencia tratará estos problemas, aún vigentes en el 62 aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. La conferencia también trató el tema de la dirección que está tomando la política de las desapariciones y las posibilidades de lucha en su contra.
La Conferencia en contra de la desaparición forzada este año se titula “Guerras, movimientos nacionalistas y desapariciones”, y se divide en los siguientes sub-temas:
1-Guerras y desapariciones
2-Movimientos nacionalistas y desapariciones
3-Lucha contra las violaciones de los derechos humanos
Se llevaron a cabo actividades como vigilia, marchas, cine forum y exposiciones; también una sesión dedicada a las víctimas de desaparición y sus familiares.

6ª CONFERENCIA INTERNACIONAL CONTRA LAS DESAPARICIONES FORZADAS
9- 12 DICIEMBRE 2010, LONDRES
La humanidad que ha entrado en el siglo XXI con el dolor y el sufrimiento de la explotación, la pobreza, la represión, las torturas, masacres y desapariciones en detención policial, del siglo pasado, sigue produciendo destrucción y dolor. En los primeros 10 años de este siglo, guerras, ocupaciones y masacres para suprimir movimientos nacionales, han prolongado este sufrimiento.
Por otro lado, los deseos y aspiraciones de las personas que viven bajo represión, explotación y miseria, de tener una vida libre y más humana, se siguen suprimiendo con toda clase de métodos violentos. La gente que se opone al sistema, que lucha por derechos y libertades democráticos, que trabajan por su independencia, se vuelven el blanco de Estados represivos o organizaciones apoyadas por los mismos.
Las fuerzas en el poder siguen usando ampliamente la desaparición forzada, como método para presionar, intimidar y aniquilar a la gente que opone resistencia. A través de las desapariciones, no solo se busca la desaparición física de la victima, a través del secuestro y asesinato de individuos que se oponen al sistema - enterrados después en sitios desconocidos – sino que también se pretende asustar, intimidar y hacer inclinar las cabezas de toda la sociedad, comenzando por las familias de los desaparecidos.
ICAD ha estado luchando contra la política estatal de desaparición forzada, y apoyando campañas y organizaciones que persiguen el mismo fin, desde su fundación en mayo 1996, tras una conferencia internacional en la que participaron activamente familiares de desaparecidos, gente valiente que lucha contra las desapariciones en diferentes lugares del mundo, activistas de derechos humanos y organizaciones populares democráticas. Organizando conferencias internacionales, ICAD busca reunir regularmente a los familiares de las víctimas y a otras organizaciones de todo el mucho para que compartan sus experiencias de dolor y su procesos de lucha contra este crimen atroz. Al mismo tiempo busca promover la lucha conjunta, a través del debate y la discusión.
El tema de la conferencia de este año es ”Guerras, Movimientos Nacionalistas y Desapariciones”. Cada año, miles de personas desaparecen en zonas de guerra y ocupación, especialmente en el Medio Oriente y en Afganistán. Además, miles de personas se hacen desaparecer en el contexto de guerras sucias contra movimientos nacionales de lucha por la libertad y contra el colonialismo.
La 6ª Conferencia Internacional Contra Desapariciones Forzadas del 9 al 12 de Diciembre en Londres, afrontará problemas actuales y discutirá la dirección de la política de desapariciones y las perspectivas de la lucha en su contra. La conferencia reunirá familiares de muchas partes del mundo, activistas de derechos humanos e intelectuales, además de grupos por la democracia y la libertad.
Todos aquellos que deseen fortalecer la lucha contra la desaparición forzada, y por ende acabar con esta práctica y con todas las violaciones de los derechos humanos; aquellos que busquen descubrir el paradero de miles de desaparecidos y que se juzgue a los culpables; todas las fuerzas de democracia y libertad que luchan contra la represión y la explotación; los defensores de derechos humanos, intelectuales, académicos, escritores y artistas que defienden estos valores; están cordialmente invitados a participar en esta conferencia.
Esta invitación es un llamado para todos aquellos que quieren escuchar los gritos de los familiares de las víctimas de este crimen, y volverse así la voz y el corazón de todos los desaparecidos.

INFORMACIONES Y PRINCIPIOS DE ICAD

Que quiere el ICAD?
Como funciona ICAD?

El nacimiento de ICADEl lugar donde la lucha organizada en contra de las desapariciones en detención policial se inició fue en América Latina. La lucha de las “Madres de la Plaza de Mayo” en Argentina fue un ejemplo para mucha gente de diferentes países del mundo. Así también en Turquía, donde se formó la resistencia con la campaña para salvar a Hasan Ocak. El fue secuestrado el 21 de marzo 1995 a causa de sus actividades políticas.
Después de que Hasan Ocak fue desaparecido por el Estado a causa de su identidad política, su familia y sus compañeros llevaron a cabo “la Campaña por Hasan Ocak”. Esta campaña fue el comienzo de la lucha organizada y consistente en contra de las desapariciones en Turquía. Le encontraron muerto en un cementerio para muertos desconocidos después de una búsqueda de 57 días, Hasan Ocak, quien fue asesinado después de ser torturado. Los activistas de esta campaña tomaron como ejemplo a las madres de la Plaza de Mayo y daban persistencia a la lucha en contra de la desaparición y crearon “Las Madres del Sábado”. Las Madres del Sábado realizaban las manifestaciones sentadas cada sábado en Estambul, delante de la Escuela Galatasaray, desde el 27 de mayo de 1995.
Del 17 al 19 de mayo 1996, “la Plataforma de la Lucha Democrática” (DMP), fundada durante la campaña Ocak, organizó con el apoyo de varias organizaciones más, como por ejemplo la Asociación de Derechos Humanos (IHD), la Unión de Mujeres Trabajadoras (EKB) y la Federación de emigrantes obreros de Turquía en Alemania (AGIF) el 1° Congreso Internacional en contra de la desaparición en detención policial bajo el lema “No te calles”. En el congreso participaron 32 delegados de diferentes organizaciones de derechos humanos de Chile, Colombia, Uruguay, las Islas Filipinas, Sri Lanka, República de Congo, Irak, Palestina, Turquía, Kurdistán, Inglaterra, Francia, Alemania y más que 100 sindicalistas, intelectuales, activistas de derechos humanos y familiares de desaparecidos. El congreso, llevado a cabo exitosamente a pesar de la prohibición del Estado turco, constató la necesidad de una malla internacional y fundó el “International Committee Against Disappearances – ICAD” (Comité Internacional en contra de las desapariciones).

Que quiere el ICAD?ICAD quiere la política internacional de desaparición se termine en el mundo entero.
ICAD cree que es necesario formar organizaciones independientes de base para detener las desapariciones y las violaciones de derechos humanos. Apoyar y aumentar la lucha que es llevada a cabo por los familiares de los desaparecidos y por sus organizaciones contra la desaparición en la detención policial, es una de las tareas principales de ICAD.
ICAD actúa consciente de que la lucha en contra de desaparición en detención policial no puede ser realizada independientemente de la lucha de los pueblo por una vida sin torturas, asesinatos, opresión e injusticia.
ICAD considera la lucha de los pueblos por la justicia social necesaria y justa. Trabaja en colaboración con los movimientos y organizaciones que luchan por la justicia social, incluyendo a los familiares de los desaparecidos. Apoya los movimientos sociales y políticos de derechos humanos.
ICAD está en contra de todo tipo de colaboración con los Estados que utilizan el método de desaparición. Defiende el derecho de refugiarse a los refugiados que se escapan de estos Estados.
ICAD quiere un tribunal internacional que sea establecido para juzgar los responsables de las desapariciones en detención policial.
Los responsables de desaparición pueden actuar libres porque la cometen bajo el servicio y con la aprobación del Estado. Los Estados impiden que los destinos de los desaparecidos sean investigados y los responsables sean llevados ante los tribunales y castigados, porque los Estados mismos son responsables de desapariciones.
ICAD trata de llevar la lucha en contra de desaparición en detención policial a la escala internacional. Quiere colaborar con todas organizaciones locales, e internacionales que luchan contra las desapariciones y tiene el objetivo de crear una amplia plataforma democrática internacional uniendo tales organizaciones.

Como funciona ICAD?
ICAD organiza congresos en los países donde hay desapariciones bajo detención policial donde están los responsables de las desapariciones y apoya la lucha de las organizaciones sociales y de los familiares de los desaparecidos en estos países.
ICAD se organiza en secciones y trabaja para crear una red internacional de comunicación.
ICAD lleva a cabo investigaciones y análisis para llevar el problema de desaparición bajo detención policial a la agenda pública los resultados de sus investigaciones y organiza campañas.
ICAD organiza campañas con los familiares y compañeros de los desaparecidos para defenderlos.
ICAD organiza “la Semana Internacional de la Lucha contra las Desapariciones” desde el 17 hasta el 31 de cada año realizando varias actividades.
ICAD no sólo investiga y saca a la luz los destinos de las desapariciones sino también las causas, los responsables y los métodos de todo tipo de represión. Presenta amplia información para desplegar la conciencia de las causas de desaparición en detención policial.
ICAD no sólo está en contra de las desapariciones en detención policial sino también de torturas, ejecuciones extrajudiciales, aislamiento en las cárceles y todo tipo de violación de derechos humanos.

lunes, 13 de diciembre de 2010

OVIEDO, Brutal agresión fascista contra menores de un centro de acogida

Amnistía para los jóvenes . Reformatorios = Cárceles.
Pegatina editada en los 80. 30 años después, seguimos igual...OVIEDO (ASTURIES):
Brutal agresión fascista contra menores residentes en un centro de acogida.

Comunicado 9 Diciembre:

Varios menores residentes en el centro de acogida Materno Infantil de Oviedo han sido salvajemente agredidos por varios individuos armados con palos. Dos de ellos están hospitalizados y otros tres afortunadamente consiguieron escapar. Todo esto sucede tras la campaña de Democracia Nacional contra estos menores en situación de desamparo y por tanto tutelados por el Principado de Asturias.

Estamos asistiendo a una campaña de criminalización de la inmigración consciente y organizada por parte de la burguesía, arrojando oscuridad y confusión a la población con el fin de alimentar los prejuicios racistas. El objetivo de fondo es dividir a la clase trabajadora entre inmigrantes y nativos y desviar la atención de ambos de la lucha contra las medidas antisociales que los capitalistas quieren imponer a todos los trabajadores, independientemente de su origen nacional, su religión o su cultura.

En Europa, todos los gobiernos están endureciendo sus políticas migratorias, acompañando las modificaciones legales con un discurso de tintes xenófobos y con un aumento del acoso policial. Las redadas racistas están a la orden del día y los medios de comunicación de masas siguen actuando de comparsas del poder. A todo esto hay que sumar el dantesco espectáculo de las deportaciones masivas de gitanos en Francia y otros países de la Unión Europea, con la complicidad de todas las instituciones, entre ellas el gobierno español.

Estas políticas también se están trasladando a los llamados “menas” (menores extranjeros no acompañados), ya que la tendencia generalizada es a considerarles inmigrantes antes que niños, con la intención de ir aplicándoles las leyes de inmigración en lugar de las leyes internacionales de protección de la infancia. En el estado español, cada vez son más las comunidades autónomas que intentan deshacerse de estos menores, negándoles la tutela (con dudosas pruebas para certificar la edad) y cometiendo todo tipo de irregularidades como han denunciado numerosos colectivos y organizaciones sociales, como SOS Racismo o la Coordinadora de Barrios.

IMPUNIDAD FASCISTA

Esta situación de criminalización y persecución que sufren los trabajadores y los jóvenes inmigrantes son el caldo de cultivo perfecto para que los grupúsculos fascistas actúen con impunidad (según el Informe Raxen, se producen unas 4000 agresiones racistas al año en el estado español), intentando inocular el veneno del racismo en nuestros barrios. Prueba de esto es la miserable campaña orquestada por Democracia Nacional en Oviedo contra los menas, culpando a los menores extranjeros de la “inseguridad” ciudadana en esta ciudad. Recientemente repartieron panfletos racistas y realizaron varias concentraciones a las puertas del Centro Materno Infantil, residencia de acogida donde viven menores de entre 0 y 18 años, tanto extranjeros como nativos. La pasividad de las autoridades públicas ante esta situación está siendo bochornosa, así como la campaña de criminalización de estos jóvenes en la prensa local que está acompañando la actividad de los nazis de Democracia Nacional. Y como resultado de esta permisividad para con estos terroristas, finalmente se ha producido esta salvaje agresión.

Hacemos un llamamiento a las organizaciones de la izquierda social, política y sindical para que organicen una respuesta contundente contra las agresiones racistas y la barbarie fascista, movilizando a la sociedad contra estos energúmenos. A su vez, una vez más, volvemos a exigir a las autoridades la ilegalización de Democracia Nacional y demás organizaciones de extrema derecha.

COLECTIVO NO A “O BELÉN”

www.noaobelen.com

domingo, 12 de diciembre de 2010

DENUNCIA: Audiencia Nacional = C.I.A.

Fiscales de la Audiencia Nacional al servicio de la CIA

Juan Manuel Olarieta
Abogado, escritor, represaliado político

Algo está fallando. Parece que ahora determinados medios de comunicación (precisamente los más influyentes del mundo) juegan a ejercer de alternativos, casi de "antisistema", como si hicieran contrainformación. Lo decía el periodista de "Informe Semanal" Vicente Romero en una entrevista en Radio Nacional: no entendía por qué algunos se rasgaban las vestiduras, como si acabaran de oir algo sorprendente. Estas porquerías -concluía Romero- son cotidianas y habituales. Desde 1939 lo normal en España es que los criminales de guerra sean protegidos por los tribunales. No ha cambiado nada. Empezaron con patente de corso para los nazis y siguen con patente de corso para los yanquis.

Es verdad. No hay más que repasar la historia de la Audiencia Nacional, que empezó luciéndose con la puesta en libertad de los asesinos de Yolanda González, de los de la calle Atocha, del mafioso Bardellino y ahora hace lo mismo con los de José Couso, los torturadores de Guantánamo y los vuelos secretos de la CIA. Cada día los fiscales de la Audiencia Nacional abren sumarios a algunos y se los cierran a otros porque es así como interpretan el principio de igualdad ante la ley. Ante tan buenos abogados, los criminales de guerra no tienen nada que temer en España; éste ha sido y sigue siendo su santuario. Aquí gozan de protección. Sus padrinos están al más alto nivel, que empieza con el fiscal general del Estado, Conde-Pumpido, verdadero recadero de la embajada yanqui, y sigue con Javier Zaragoza, que recibía en su despacho de la Audiencia Nacional a los espías de la CIA para informarles de la marcha de sus asuntos en los tribunales españoles.

A los abogados hispánicos les informan menos que a los espías foráneos. Mientras los fiscales mantienen los sumarios en secreto durante años, la embajada yanqui dispone de copias de sus pesquisas al minuto. ¿A qué precio? ¿O los funcionarios de la fiscalía trabajan gratis para una potencia extranjera? ¿Es puro servilismo lo suyo? ¿Tienen vocación de lacayos del imperialismo? ¿Cobran algunas monedas por hacer lo contrario de lo que deberían? ¿Cómo es posible que los fiscales estén trabajando para una potencia extranjera en contra de los jueces de su propio país?

Si los fiscales de la Audiencia Nacional están trabajando como soplones para una potencia extranjera contra sus propios jueces, ¿por qué no han sido cesados? ¿No será que el gobierno y los partidos parlamentarios son cómplices? ¿No será que todos están jugando un doble juego? ¿No será que a todos ellos el hecho de que torturen a los presos en Guantánamo les importa un bledo? Y por lo tanto, si les importa un bledo que torturen a los presos en Guantánamo, ¿no les importará un bledo que torturen también a los presos en cualquier otro lugar?

El espíritu servil y servicial de los fiscales hacia sus amos de la CIA era tan grande que les informaban a ellos antes que a cualquier otro. En Washington tenían los escritos y los sumarios antes de que llegaran a manos de los jueces. Por eso, la CIA protege a los fiscales españoles tanto como a sus propios espías cuando realizan el trabajo sucio. En los papeles publicados el fiscal Vicente González Mota tiene la consideración de "estrictamente protegido". Pero, ¿de quién tiene que proteger la CIA a un fiscal español? ¿Le pusieron guardaespaldas?

La protección es una recompensa, parte integrante del precio a pagar. En enero de 2007 el fiscal González Mota informaba a sus jefes de la embajada yanqui en Madrid que no se opondría a la petición del juez de desclasificar documentos secretos sobre los vuelos de la CIA. Pero es que en ese momento el gobierno aún no había desclasificado los documentos. ¿Por qué un fiscal de la Audiencia Nacional sabe anticipadamente lo que va a decidir un gobierno?

Pero la cosa es más jugosa aún porque el fiscal sabía el contenido de esos documentos secretos y no se oponía a entregárselos al juez porque también sabía que en los mismos no había nada incriminatorio para los yanquis. ¿Por qué sabía el fiscal anticipadamente el contenido de unos documentos secretos?

Esa es la otra parte de la cuestión, que ya fue denunciada hace bastante tiempo: la participación de los fiscales de la Audiencia Nacional en el CNI, los servicios secretos españoles, que merece un apunte aparte.

La Fiscalía General del Estado tiene un equipo conjunto con la fiscalía de Estados Unidos que, según Conde-Pumpido, se reúne una vez cada seis meses para "intercambiar información". El problema es que el papel de los fiscales en España ni es la información, ni el intercambio de información. La información es algo reservado al CNI, a la policía y a la Guardia Civil, salvo que haya doble militancia (como la hay) y los fiscales se pongan la toga por la mañana y la gabardina de camuflaje por la tarde. Ese es el caso pecisamente de algunos fiscales de la Audiencia Nacional: la doble militancia.

En parte eso explica el precio que mutuamente se pagan unos y otros por "intercambiar información" fuera de los cauces establecidos, es decir, de manera extraoficial. Pero no me conformo con esto. Hay bastante más porque es muy extraño que a un fiscal, cuyo papel creíamos que era la defensa de la legalidad, se le encomienden funciones extralegales. ¿O tengo que decir ilegales? ¿Es una retorno al GAL? ¿Es éste el GAL de Zapatero? ¿Juegan hoy los fiscales el papel que jugó Amedo con Felipe González? ¿Volvemos a los tiempos de la guerra sucia?

Por lo dicho puede parecer que los jueces de la Audiencia Nacional quedan fuera del foco de atención. ¿Merendaban los jueces en el restaurante de la embajada yanqui en Madrid? No todos los días. El 9 de mayo de 2005 el director del FBI, Robert Mueller, se tomaba unas cañas con Juan del Olmo, que entonces era juez de instrucción en la Audiencia Nacional. Del Olmo era un buen contacto que según el FBI "merece la pena cultivar" y para ese cultivo le preparan una visita a yanquilandia. ¿Con los gastos pagados? ¿Con fondos reservados? ¿Libres de impuestos? ¿Con la excusa de alguna charla en la universidad?

Naturalmente los jueces estrella como Garzón tienen más categoría y no meriendan con un vulgar sheriff del FBI sino directamente con el embajador. Siempre ha habido clases sociales. En su papel de asesor del embajador, Garzón le aconsejó que cultivara también otros contactos con los demás jueces de la misma Audiencia Nacional. Es mejor tener a todos en el bolsillo, por si las moscas.

En fin, desde la transición no hay escándalo en el que la Audiencia Nacional no se haya visto envuelta; por algo será. En la nómina de recaderos de la embajada yanqui no sólo está el actual fiscal jefe, Javier Zaragoza, sino también el anterior, Eduardo Fungairiño. Ya se sabe que las servidumbres inmobiliarias se tramiten al comprador junto con la tierra que compra, y los papeles dicen que Washington tiene comprada la fiscalía de la Audiencia Nacional; lo que aún no conocemos es, como digo, el precio que han pagado por tener a los fiscales a su servicio.

El fiscal Fungairiño es un conocido integrante del "equipo conjunto" hispano-americano de fiscales que se dedica al "intercambio de información". El equipo es tan conjunto que Fungairiño es -por lo menos- un agente doble: a la vez fiscal y espía del CNI. Ahora los papeles dicen que también trabaja para la CIA en unos términos que no dejan lugar a dudas. La embajada yanqui en Madrid lloró amargamente cuando después de 26 años se despidió de su cargo de fiscal jefe de la Audiencia Nacional en 2006: "La embajada ha mantenido una estrecha relación de colaboración con Fungairiño durante muchos años. Su marcha dañará la cooperación judicial entre España y EE UU, por lo menos a corto plazo. Un consuelo es que Fungairiño seguirá formando parte del Grupo de Expertos Antiterroristas España-EE UU donde juega un papel positivo. Se ha perdido a un interlocutor de gran valor en la Fiscalía de la Audiencia". Menos mal que encontraron un sustituto servil en Javier Zaragoza y que Fungairiño sigue a su servicio desde su nuevo cargo como fiscal del Tribunal Supremo. Ahora tienen dos por el precio de uno.

La multi-militancia de Fungairiño se explica por su enfermiza personalidad neonazi, lo que le llevó a solicitar el sobreseimiento de la causa abierta en España contra el verdugo argentino Adolfo Scilingo, acusado de torturas y crímenes de lesa humanidad.

Como buen lacayo del imperialismo, en 2004 se burló de los propios diputados españoles cuando en la comisión parlamentaria del 11-M les aseguró que no leía los periódicos "por salud mental" y en la televisión sólo atendía los documentales de la BBC. Aquella comisión parlamentaria quería investigar el atentado de Atocha y a Fungairiño no le dio la gana de informarles. La situación es la siguiente: quien debía manejar la información no estaba informado. Pero si Fungairiño no tenía información, ¿qué es lo que intecambiaba con la embajada yanqui? O dicho en otras palabras: Fungairiño informaba a la embajada yanqui pero no informaba a los diputados españoles. ¿Cómo podía informar Fungairiño a la embajada yanqui si el sumario del 11-M era secreto? ¿O les informaba precisamente porque el sumario era secreto?

Los que manejan la información siempre funcionan de la misma manera. Su tarea no es informar sino desinformar, ocultar y tergiversar. Fungairiño ya fue expedientado por ocultar un informe sobre el operativo de ETA contra Aznar. Cuando apareció el documento y se le pidieron explicaciones, aseguró que "en función del resultado, las investigaciones se aportan al juzgado sólo si favorecen las tesis de la acusación". Fue de risa. Le impusieron una sanción de 50.000 pesetas, que el fiscal comparó con una multa de tráfico.

¿Por qué no se le abre un sumario a Fungairiño y se le destituye de sus funciones en el Tribunal Supremo? ¿Por qué continúa formando parte de un "equipo conjunto" con la CIA?

Al fiscal jefe tampoco le importó dejar en evidencia la verdadera naturaleza de la Audiencia Nacional cuando en 1997 se opuso a la extradición de Pinochet. Ni siquiera se preocupó por encontrar argumentos legales porque le bastaron los políticos. En unas declaraciones publicadas por el periódico chileno “El Mercurio”, el fiscal jefe justificó su postura argumentando que las sangrientas dictaduras del Cono Sur no tenían la pretensión de instalar a los militares permanentemente en el poder, sino subsanar las “insuficiencias de que ese orden constitucional adolecía para mantener la paz pública”.

En un país fascista estas declaraciones merecieron aquel mismo año su correspondiente ascenso en la jerarquía; los fascistas no pueden ser miembros de línea y Aznar le hizo a Fungairiño jefe de los fiscales de la Audiencia Nacional, un nombramiento que era ilegal. Pero a la fiscalía la ilegalidad le importa un bledo. Nunca se había visto algo así. Ni siquiera en tiempos de Franco. Todos los fiscales de la Secretaría General del Estado dimitieron.

Ahora veamos el asunto más despacio porque tiene su miga: ¿cuántos votos obtuvo Fungairiño para ser nombrado fiscal jefe de la Audiencia Nacional? Ni uno solo. Es otra de las marcas registradas de los fascistas autóctonos: ellos no necesitan los votos para obtener sus cargos. El caso fue que hubo tres votaciones y en ninguna de ellas obtuvo ni un solo voto. El cargo de fiscal jefe de la Audiencia Nacional se obtuvo ilegalmente aunque se tratara de defender la legalidad. Lo que empieza de una manera acaba de la misma manera.

A los incautos que se sorprenden por estas cosas de la ilegalidad hay que explicarles que un régimen político que nació en 1936-1939 de manera ilegal, nunca puede ser legal y nada de lo que haga será legal. Es la personificación de la ilegalidad y no sabe cambiar. Es un Estado al revés: los fiscales que como Fungairiño tienen que defender la legalidad lo que defienden es la ilegalidad.

Vayamos un poco más allá: ¿qué opciones tenía Aznar para nombrar a otro fiscal jefe que no fuera el nazi de Fungairiño? Pues la candidatura alternativa era la de Luis Manuel Poyatos Bernáldez que había sido fiscal del Tribunal franquista de Orden Público y dio su conformidad para liberar al mafioso Bardellino en 1987. Ese es el verdadero problema del fascismo hispánico: que la alternativa a unos fascistas son otros fascistas.

sábado, 11 de diciembre de 2010

ENTREVISTA: JAVI GARCÍA VICTORIA, expreso político del PCE(r). Seis años y medio en la cárcel por comunista

ENTREVISTA con FRANCISCO JAVIER GARCÍA VICTORIA, seis años y medio preso político por militancia en el PCE(r)Hacemos esta entrevista a Javi García Victoria en los mismos días en que las y los presos políticos del SRI, del PCE(r) y de los GRAPO están desarrollando ayunos todos los martes y viernes en denuncia de las brutales condiciones generales en que se encuentran en prisión.

De la grave criminalización que sufren como revolucionarios presos -añadida a la propia estancia en prisión-. Del alargamiento de las penas por la cruel Ley Parot -que aplican con carácter retroactivo-. De la asesina dispersión -sí, asesina, porque además de ya a varios presos políticos, ha asesinado a sus familiares y amigos -que no tienen cuentas directas con el Estado para hacerles morir en la carretera-. Del aislamiento 23 horas al día en celdas lóbregas e insalubres. De las palizas dadas por decenas de “funcionarios” a una persona indefensa. De los partes -más falsos que un billete de 11 €-, que llevan (como al propio Javi García Victoria) a añadir más meses o años de cárcel (repetimos, añadida) por el sólo embuste y la criminalización, que algún día también será juzgada en la verdadera memoria histórica. De la terrible condición de las y los presos políticos enfermos.


Qué añadir que esta humilde web y diferentes blog no intentemos aportar informativamente a diario …
Sí, podíamos añadir. Enfocar la entrevista como solidaridad activa, para dar voz a los sin voz. Y para ello no sólo le preguntamos a Javi sobre detalles “carcelarios” en sí. Para dar verdadera y objetiva voz a esos sin voz que están presos por opiniones como las siguientes (que de pura verdad, en vez de ser represaliadas y encarceladas, debieran ser respetadas -según la propia ONU, cuya jurisprudencia de papel mojado abarca a todos los países que la integran- y debatidas políticamente, no con picana, bañera y decenas de años de prisión inhumana), hicimos esta entrevista con Javi.

Nos ha resultado enormemente interesante, humana y profundamente política. Javi salió de la cárcel el pasado septiembre, y robándole un tiempo en el que nos decía estar “aún aterrizando, más por la falta material que otra cosa, jajaja”, charlamos con él:

-Javi, ¿Cuánto tiempo has estado en prisión?
En prisión he pasado un total de seis años y medio, en dos etapas: de noviembre de 2002 a abril de 2006; y de agosto de 2007 a septiembre de 2010. El período transcurrido entre una y otra etapa estuve en libertad provisional, a espera de que el tribunal supremo confirmara, como así hizo, la sentencia de 6 años por integración en organización terrorista emitida por la audiencia nacional. Después, en 2009, fui condenado a 6 meses más por amenazas a un carcelero.

-¿Y en qué circunstancias se dio esta condena de 6 meses? Pensamos que esto puede ser muy explicativo de cómo funcionan las cosas por la España “intramuros”.
En el 2005, tuve un altercado en la prisión de Valdemoro en medio de una protesta. Cuando un compañero anarquista (Rafael Tomás Gaspar) y yo realizábamos un plante (negativa a subir a la celda), fuimos agredidos por 8 ó 10 carceleros. Nosotros interpusimos una denuncia por estos hechos y la cárcel, en respuesta, me denunció por amenazas.
La “contradenuncia” en el Estado español es todo un clásico por parte de las “fuerzas del orden”, para justificar todas las tropelías que cometen y también para meter el miedo en el cuerpo a la gente y que no denuncien; el mensaje que lanzan es: si tú denuncias, nosotros te vamos a denunciar a ti; y nosotros tenemos el respaldo de todo el aparato del Estado.
Nuestra denuncia, la que nosotros hicimos contra los carceleros, fue finalmente archivada o sobreseída hace apenas unos meses, después de un montón de vicisitudes jurídicas. Un juzgado de Valdemoro, que es el que llevaba esta denuncia, se escudó en no sé qué subterfugio jurídico para considerar que esta denuncia había prescrito.
En cambio, en la denuncia que se cursó contra mí, todo el trámite judicial fue estupendamente. Se me juzgó en febrero de 2009. El fiscal me pedía 2 años por “amenazas terroristas”. Pero, después de cómo se desarrolló el juicio, en el que, evidentemente, tenían que haberme absuelto, pues todos los carceleros que declararon en el juicio, salvo uno, dijeron que en ningún momento me habían escuchado proferir ninguna amenaza. Es decir, varios carceleros negaban la versión de uno de sus compañeros y de la propia cárcel.
La cosa quedó en 6 meses por amenazas “no terroristas”. Como no podían absolverme, pues absolver a un “terrorista” no queda muy bien en esta España “cañí” que nos han fabricado, dejaron el asunto en 6 mesecillos de propina.

-¿Podrías hablarnos de tu detención, del contexto político tan determinado en que se dio?
Hace aproximadamente 10 años comenzó lo que podemos calificar como “el período de la Ley de Partidos”. ¿Por qué se ha caracterizado este período? Por la persecución total y absoluta, arrasando con cualquier resto de libertad política que pudiera quedar en pie, de todas las organizaciones del movimiento obrero y popular, políticas y no políticas, que no se plegaron a la farsa “transicional” ni al neofascismo instaurado a partir de ella en, el que aún continuamos.
Hasta que comenzó este período al que aludo, el objetivo principal de la represión habían sido las organizaciones armadas como ETA o los GRAPO. Las organizaciones políticas como el PCE(r), Herri Batasuna u otras, aunque no dejaban de estar en el punto de mira represivo, contaban con un “cierto margen” de maniobra, sobre todo en el caso de las organizaciones políticas de la izquierda abertzale, que contaban y que continúan contando a pesar de todo, incluso con representación institucional. Eran perseguidas, pero “dentro de unos límites”. Por ejemplo, los militantes del PCE(r) que fueron condenados en los 90, lo fueron por asociación ilícita y no por pertenencia a banda armada o integración en organización terrorista. Esto, además de conllevar condenas más bajas, suponía un reconocimiento implícito por parte de los tribunales de que los militantes de esta organización eran perseguidos por sus ideas políticas, por su pertenencia a una organización política y no, como ha ocurrido después, por su pertenencia a no sé qué conglomerado terrorista.
Por supuesto, no me olvido de que en estos más de 30 años, el PCE(r) y el MLNV han sido objeto de miles de detenciones y represión directa, de espionaje y también de guerra sucia; basta recordar a militantes como Santi Brouard, Francisco Javier Eizaguirre o Juan Carlos Delgado de Codes, por citar unos pocos nombres.
Todo esto se acaba cuando, de la mano del aznarismo, y con el respaldo de “los de la ceja” (que hoy continúan aplicando la misma política represiva, y son aún más hábiles en esto que los peperos), entramos de lleno en el período de la Ley de Partidos, que supone un auténtico salto cualitativo en la persecución política del movimiento de resistencia antifascista. Y no porque a partir de entonces el régimen deviniera más fascista de lo que lo fue en otras épocas, sino porque la represión toma un carácter cualitativamente diferente.
Con la ley de partidos, y con la estrategia en que ésta está inscrita, lo que se pretende es hacer lo mismo de siempre, es decir, machacar a la disidencia política, pero por la vía digamos… “legal”, creando todo un corpus jurídico que permita llevar a cabo ese “machaque” sin recurrir, o haciéndolo en menor medida que en el pasado, a métodos “ilegales” como la guerra sucia u otros.
Aunque ya vemos que tal “escrupulosidad” legalista no le es posible a nuestra “democracia”... me viene a la memoria el caso de Jon Anza, del que aún queda todo por explicar -si bien no es necesario ser demasiado avispado para saber qué es lo que ocurrió-; o el de Portu y Sarasola, por mencionar sólo un par de ejemplos de cómo funcionan las cosas por el reino de España.
Por otra parte, el objetivo principal de la represión ya no son las organizaciones armadas, sino que, como decía antes, la represión se extiende al conjunto de las organizaciones del movimiento de resistencia antifascista, sean partidos políticos, organizaciones de solidaridad con los presos políticos, antirrepresivas...
La cuestión es que, ahora, todo militante revolucionario o antifascista, por el hecho de serlo, puede ser y es considerado como terrorista. Las detenciones son constantes (hoy hay en las cárceles cientos de presos políticos independentistas, comunistas, anarquistas...). Se condena a larguísimas condenas de cárcel (superiores en muchos casos a los 10 años) por actividades meramente políticas. En mi caso, que, sin duda, no es, con mucho, de los más graves, he pasado 6 años y medio en la cárcel por ser militante de base del PCE(r). Por llevar a cabo actividades tan “criminales” como repartir octavillas en manifestaciones, en los centros de trabajo, en los nudos de comunicación, por hacer pintadas reivindicativas, por participar en charlas políticas, por organizarme, en definitiva, como joven, como obrero y como comunista. Se da la circunstancia de que la Audiencia Nacional, en la sentencia en la que me condenó, reconocía explícitamente que no se podía demostrar que yo hubiera tenido ninguna participación en lo que ellos llaman el “aparato militar” (las organizaciones políticas o armadas ya no son organizaciones independientes, sino “aparatos” de una sola organización), pero que había que condenarme sí o sí por integración en organización terrorista.
Y en esta situación continuamos.
Cuando se escucha a nuestros politicuchos hablar de libertades, de democracia, uno no puede sino echarse a reír, pero con una risa amarga, por cuanto tras esta hipocresía se esconde lo que venimos comentando: la cárcel, la arbitrariedad más absoluta y otros “fenómenos” sobre los que el Relator de la ONU Contra la Tortura podría darnos muy buena cuenta. Y esto, desde luego, tiene muy poco de cómico.
En cuanto a mi detención, fue a finales de noviembre de 2002, en una operación en que fuimos detenidos varios militantes comunistas y solidarios y que, a su vez, formaba parte de una operación más amplia, que comenzó en julio de ese mismo año, con la detención de un buen número de militantes tanto en el Estado español como en el francés. En total, en el conjunto de esa operación, fuimos detenidos más de una veintena de militantes comunistas, antifascistas y solidarios.
El trato durante la detención fue más o menos el habitual (quizá algo más “civilizado” que en otros casos). Y con eso quizá ya diga más de lo que está permitido en un país como éste, donde la guardia civil es intocable.

-¿Cómo fue posteriormente tu periplo carcelario?
No ha sido muy diferente al de otros compañeros.
He conocido las cárceles de Soto, Valdemoro, Aranjuez, Palencia y A Lama, en Galicia. Más de la mitad de la condena la he pasado en primer grado, el régimen penitenciario más restrictivo. He estado dispersado política y geográficamente. Con compañeros de mi colectivo de presos políticos no he compartido más de 5 meses de los 6 años y medio. Con quien más cárcel he compartido ha sido con presos políticos vascos, en los que siempre he encontrado apoyo, solidaridad y, en muchos casos, amistad. Aunque también he pasado no menos de 8 ó 9 meses, en diferentes períodos, completamente solo, sin la compañía de ningún otro preso político.
El día a día en la cárcel se caracteriza por el control absoluto sobre el preso político: todas las comunicaciones intervenidas, restricciones de todo tipo en las actividades que puedes realizar (las “razones de seguridad” sirven para impedirte casi cualquier actividad) y hasta controlan tu aspecto físico, con quién te relaciones, tu estado emocional, si haces deporte ¡¡los carceleros cuentan con tablillas en las que hacen anotaciones sobre todo esto!!; éste es el famoso “especial seguimiento” del FIES, para el que cuentan con grupos de carceleros dedicados a ello en cada prisión y cuya labor es dirigida por un organismo central que se encuentra en la secretaría general de instituciones penitenciarias. Es allí, en base a los informes que van recibiendo, donde se diseña el “tratamiento” a aplicar a cada preso político en función de sus posiciones políticas, su situación familiar, su estado emocional en cada momento, etc.
Hay un libro muy famoso, titulado “1984”, del escritor anticomunista George Orwell, en el que se retrata una sociedad hipercontrolada e hiperdirigida. El autor pretendía que este libro fuese una denuncia de lo que, según él, ocurría o iba camino de ocurrir en la URSS de Stalin. Sin embargo, lo que hoy vemos es que esta “utopía” del hipercontrol quien la ha realizado no ha sido el “pérfido” comunismo, sino el capitalismo. Y esto, en España, es una realidad particularmente evidente dentro de su sistema carcelario... y también fuera de él.

-¿Y cómo has encontrado la calle al salir?
Respecto a cómo estaba hace algo más de tres años, cuando estuve en libertad provisional, sí he notado cambios. En primer lugar, estamos metidos hasta las cejas en esta nueva fase de la crisis capitalista. La miseria general que hay hoy, no la había hace tres años. Entonces, la situación era muy jodida para cientos de miles de familias. Hoy, esta situación es sencillamente desesperada. Familias trabajadoras que más o menos conseguían salir adelante con mucho esfuerzo y sacrificio, están, si no en la indigencia, prácticamente metidos en ella. Hace apenas un rato he podido ver, en una iglesia cercana a mi casa, una cola enorme de gente esperando para poder desayunar en uno de esos comedores para personas sin recursos. Jamás había visto unas colas tan numerosas. Y, sobre todo, jamás había visto a tantísimos trabajadores y trabajadoras formando en ellas.
Por otro lado, en el barrio en el que vivo, que es Vallecas, y en otros en los que hago bastante vida, como Villaverde, nunca había visto tantos jóvenes sin nada que hacer (no en vano, España tiene el índice de paro juvenil más alto de toda la Unión Europea), condenados a ser parados de por vida o, como mucho, a trabajar en precario de vez en cuando.
Por no hablar de las colas que se forman en las oficinas del INEM. Basta un dato: para hacer cursos de formación, hay hasta lista de espera. Cuando salí de la cárcel la anterior vez (y la situación tampoco era una maravilla entonces), a los 15 días, estaba haciendo un curso, y, a las pocas semanas de terminar el curso, me puse a currar. Ahora, llevo tres meses en la calle, y del INEM no me han llamado ni para hacer un miserable curso. Y, de curro, mejor no hablamos.
Todo esto es muy sintomático de lo rematadamente mal que están las cosas. Aunque, por el grado de movilización que está demostrando el movimiento obrero, pareciera que estamos poco menos que bien. Me llama muchísimo la atención, por no decir que me tiene sencillamente estupefacto, la pasividad y la falta de respuesta que, en general, está habiendo a la crisis y a las medidas que, al calor de ella, está tomando el gobierno. Desde luego, el movimiento obrero en el Estado español no puede estar muy orgulloso de cómo está afrontando la situación en que nos encontramos. La labor de zapa que durante décadas ha desarrollado el reformismo, sea en el terreno político (con los parásitos de PCE-IU) o en el terreno sindical (con los no menos parásitos de CCOO y UGT), ha dejado su huella. También la represión ha cumplido su papel en la desmovilización y desorganización de los trabajadores. Toda esta ofensiva de la Ley de Partidos y demás se puede decir que no ha sido sino una guerra preventiva con la que el capitalismo español se ha preparado para afrontar una situación como la actual, para evitar, con un cierto éxito, por lo que estamos viendo, una reestructuración del movimiento obrero y popular sobre unas bases combativas y revolucionarias. Pero, aun así, hubiera sido esperable (al menos, yo lo esperaba) algo más de combatividad, de lucha, de reivindicación, que, a nivel general, se pueden considerar prácticamente nulas, sobre todo si tenemos en cuenta la gravedad de la situación por la que estamos atravesando. No hablo de la “toma del Palacio de Invierno”. Eso requiere de un grado de organización, de movilización y de claridad política e ideológica del que aún estamos a años luz. Pero, a nivel espontáneo, de reivindicar por lo menos “lo inmediato”, se puede y se debe hacer mucho más; y no con huelgas-farsa como la que convocaron los sindicaleros para lavarse la cara, para tapar las vergüenzas de sus constante traiciones, sino con la lucha diaria, con la movilización permanente y, por supuesto, al margen y en contra de esos mismos sindicaleros, que ya debería tenerse más que claro que son parte integrante del sistema, uno más de sus engranajes y cuya función no es otra que la de asegurar unas condiciones más o menos pacíficas para que los capitalistas puedan seguir explotando a los trabajadores.
En cualquier caso, no hay visos de que la situación económica vaya a remontar el vuelo. Todos los datos indican más bien lo contrario: que vamos a ir a peor, que la crisis ha venido para quedarse. Y esto, inevitablemente, traerá un despertar del movimiento obrero. La paciencia de los trabajadores no puede ser infinita, aunque a veces lo parezca. Ese despertar del movimiento obrero no nos conducirá a la mencionada “toma del Palacio de Invierno”. Para eso, como digo, aún queda mucho camino por recorrer. Pero de lo que no me cabe ninguna duda es de que permitirá que los trabajadores se quiten de una vez por todas la venda de los ojos y empiecen a ver las cosas tal como son y no como se las cuentan. Y el Estado, con la obstinación que viene mostrando en tensar la cuerda al máximo, parece empeñado en que esto sea así.
Que continúen por ese camino; toda la labor ideológica, de manipulación, de propaganda que han hecho durante décadas para convencer a los trabajadores de que su sistema es el mejor de los posibles, se va a venir inevitablemente abajo. Y es que, cuando la realidad te da de ostias un día sí y otro también, no hay manera de que te vendan ninguna moto: estamos asistiendo a una demostración práctica de lo que es el capitalismo, de lo que puede ofrecer. Y no puede ofrecer más que precariedad, paro, miseria, represión y negación de todo tipo de derechos.

viernes, 10 de diciembre de 2010

CONVOCATORIAS: Baiona (Euskal Herria Norte). Córdoba. A Coruña. Argentina-Asturies y la memoria del SRI

FANNY EDELMAN Homenaje a Fanny Edelman

CONTRA EL TAV. Sábado 11. Baiona

PEROL SOLIDARIO. Domingo 12. Córdoba

MANIFESTACIÓN contra el DESALOJO de la Casa de las Atochas. Sábado 11. A Coruña


ASTURIES:
Fanny Edelman tiene 99 años y es una luchadora de toda la vida. Durante la Guerra Civil Española fue miembro del Socorro Rojo Internacional y su amor por España es muy grande. Este poema y este afiche son mi homenaje a la distancia, justamente desde esta tierra de Asturias tan combativa como ella.
ARMANDO DE MAGDALENA

jueves, 9 de diciembre de 2010

La lucha de Patxi Zamoro, FIES resistente, al teatro de denuncia


La lucha de un preso FIES resistente, en un escenario del tamaño de la celda
De GARA, 27/XI

La autobiografía que publicó Txalaparta del preso FIES Patxi Zamoro, sirve de inspiración para una obra teatral “A ambos lados del muro”.
La obra lleva la firma del movimiento No Out, que trata de acercar el teatro a invidentes y sordos.

Trazos blancos en el suelo delimitan una cuadrícula de dos por tres metros cuadrados. Es la medida de una celda de castigo. Imanol Espinazo no tiene más espacio para actuar y lo tiene que compartir con una cama, una mesa y el retrete. No hay nadie más sobre el escenario, el actor se encuentra solo.

Estos son los ingredientes de «A ambos lados del muro», una obra teatral de denuncia, inspirada en la autobiografía y en la lucha del preso FIES Patxi Zamoro, quien falleció al poco de salir de prisión, tras 18 años internado en condiciones infrahumanas, pero «sin pasar por el aro». Fue un activo colaborador de Salhaketa, en favor de la dignidad de los presos y denunciando la falacia de la cárcel como medio de reinserción.

Preguntado por el porqué de una obra así, Imanol Espinazo recita de memoria: «Al final del libro, Patxi escribe: `Pronto exhalaré mi último aliento y quizá tú puedas hacer algo'. Y pensé que sí, que eso era cierto, que debía hacer lo que estaba en mi mano para continuar con lo que él defendía». Para Espinazo, lo importante es que «nadie sienta indiferencia al pasar junto a una cárcel».
Txalaparta le entregó los derechos de la obra y Espinazo se puso en contacto con la viuda de Zamoro, Arantxa, para conocerlo todo sobre el preso. El resultado de este trabajo, que intenta resumir en poco más de una hora 18 años de lucha por mantener la dignidad, se vio en Euskal Herria estos días pasados.

El texto para la teatralización de la vida de Zamoro lleva también la firma de Pablo del Mundillo. Y, a pesar de que Espinazo está solo en la escena, al otro lado del escenario, oculto tras una tela oscura, se encuentra al piano Francesco Casali, quien a través del jazz y el blues se convierte en la imaginación del preso. Junto al pianista, también escondido, Del Mundillo se encarga en directo de hacer los ruidos, los pasos y las voces que escucha Patxi Zamoro desde su celda de aislamiento.

Otro de los aspectos que destacan de esta obra teatral es que está adaptada.
Imanol forma parte del movimiento No Out, que busca acercar el teatro a todos los públicos. Por ello, la obra cuenta con audiodescripciones para los invidentes, subtítulos para sordos y bucle magnético para quienes usan aparatos auditivos. Asimismo, si las personas con problemas visuales acuden media hora antes de que arranquen las funciones, pueden palpar la escenografía.

martes, 7 de diciembre de 2010

La represión... que a todos nos llega

Este escrito está editado en 1992. Pero es de tal actualidad, que lo editamos íntegro. Merece la pena:


La militarización de los obreros en huelga
Vigencia actual de la Ley de Movilización Nacional
Juan Manuel Olarieta Alberdi

Publicado por la revista “Jueces para la Democracia”, núm. 16-17, 1992, pgs. 35-40.


Con ocasión de la reciente huelga de los trabajadores de la “Empresa Municipal de Transportes” de Madrid, el delegado de Gobierno en Madrid anunció públicamente que se estaba valorando la posibilidad de militarizar los transportes públicos. La norma jurídica que venía amparando dicha medida no es otra que la Ley 56/69 de 26 de abril, de Movilización Nacional.

Desde los mismos orígenes del capitalismo la huelga se configuró como delito, bajo la consideración de que se trataba de una medida de fuerza colectiva contra una relación laboral configurada, en base a las normas jurídicas liberales, de forma individual y “libre”. La incidencia de lo grupal en lo que sólo podía ser individual, alteraba el desenvolvimiento “espontáneo” del mercado, engendraba una coacción típica. Sin embargo, en España la configuración penal de la huelga, por razones históricas y políticas, se incluyó entre las modalidades de sedición, un delito de origen y raigambre militar.

Pueden encontrarse antecedentes de esta tradición en la circular de Sagasta dictada en 1872 por la que prohibía la Primera Internacional. No obstante, han sido los regímenes totalitarios los que con mayor rigor han equiparado ambas figuras jurídicas a fin de imponer un estado de guerra en el interior mismo de los centros de trabajo y neutralizar la acción política de la clase obrera. Las fábricas en “estado de sitio” permitían la libre intervención de los militares en la represión de los conflictos laborales en favor de la burguesía, a cuyo servicio incondicional se ponían. En realidad no se trata más que de un ejemplo, entre los muchos que podrían enumerarse, de la instrumentalización del Estado burgués en beneficio de los intereses privados de la clase dominante.

Lo que pretendemos comprobar aquí es si este tipo de construcciones jurídicas, netamente preconstitucionales, subsisten y, más en concreto, si subsisten aún en España, o si por el contrario, han desaparecido con el cambio político de 1978. Una interpretación jurídica, por poco estricta que fuera, no podría sino descartar tal posibilidad. Pero las prácticas gubernativas van por otros derroteros, lo que nos hace alertar acerca de los graves peligros en que pueda verse envuelto el derecho de huelga, ahora en trance de regulación. Aquí, como en otros terrenos, poco se ha despenalizado, desmilitarizado o despolicializado; por contra perviven todos los viejos instrumentos represivos, que pueden ser utilizados en cualquier momento por el Gobierno de turno en cuanto lo estime conveniente. El viejo arsenal jurídico acumulado en cuarenta años de dictadura militar no ha desaparecido; permanece en la reserva a la espera de tiempos favorables; no ha sido sustituido sino acumulado al nuevo dispositivo constitucional.

1. Antecedentes jurídicos: huelga y sedición militar

Por no remontamos más lejos, a los efectos que aquí interesa remarcar, cabe situar el origen de la criminalización castrense de la huelga en el artículo 6-F) del bando militar redactado por Franco poco después (el 28 de julio) de su alzamiento contra la República: todas las huelgas eran delitos de rebelión militar competencia de los consejos de guerra en juicio sumarísimo en el que no cabía forma alguna de defensa. El artículo XI-2 del Fuero del Trabajo de 1938 afirmaba otro tanto, calificando a la huelga como “delito de lesa patria”. En parecidos términos se expresaba el artículo 2 del Decreto de septiembre de 1960 sobre bandidaje, terrorismo y rebelión militar: la huelga se concebía como “rebelión militar”.

Pero nos parece más interesante consignar aquí el artículo 32.f) de la Ley de Orden Público de 1959, que bajo el estado de excepción autorizaba “con carácter extraordinario” la movilización de “los recursos del territorio o de las localidades en que se declare el estado de excepción, pudiendo llegar, si fuera necesario para remediar la calamidad o dominar la perturbación, a disponer de las armas, municiones, vehículos, carburantes, víveres, animales o materiales de toda clase o la intervención u ocupación de industrias, fábricas, talleres o explotaciones”.

Hasta entonces la asimilación de la huelga a la sedición había sido sólo a efectos sustantivo penales; ahora ya se pasaba al procedimiento, a la forma de intervención sobre los centros de trabajo, si bien se aludía a la posible afectación sobre los bienes más que sobre los trabajadores.

En 1965 se modificó la tipificación penal de la huelga; dejaban de ser delito las huelgas “estrictamente laborales” y se incriminaban (nuevo artículo 222.2 del Código Penal) sólo las que atentaran contra la seguridad del Estado. Pero el artículo 222.1 seguía calificando como sediciosos a “los funcionarios, empleados y particulares encargados de la prestación de todo género de servicios públicos o de reconocida e inaplazable necesidad que, suspendiendo su actividad, ocasionen trastornos a los mismos o, de cualquier forma, alteren su regularidad”.

Se introdujo así en el Código Penal la noción de “servicios mínimos” o “esenciales” para la población que luego acabaría en la Constitución (artículos 28.2 y 37.2) Y en los artículos 8.c) y 15 del Proyecto de Ley de Huelga de 14 de mayo de 1992. Por otra parte, continuaba reputándose la huelga como sedición.
Supuestos claros de militarización de trabajadores y de criminalización castrense de los conflictos laborales eran los artículos 6.6, 13.1 y 299 del Código de Justicia Militar de 1945.

2. La “funcionarización” de los trabajadores

El Decreto 2525/67 de 20 de octubre entra ya a modificar profundamente la condición jurídica de determinadas categorías de trabajadores. El Decreto regulaba el estatuto del personal civil no funcionario de las fábricas militares, excluyendo la jurisdicción laboral y sustituyéndola por una puramente administrativa que se agotaba ante el director general correspondiente (artículo 75), lo que constituía una absoluta contradicción: se trataba de personal no funcionario, pero “funcionarizado” aunque sin acceso a los tribunales contencioso-administrativos, esto es, privados de toda posibilidad de recurso. Este estatuto no se aplicaba en determinados casos enumerados en el artículo 2, excepto “en tiempo de guerra o en circunstancias de excepción declaradas por el Gobierno”, el cual podía “acordar la aplicación de las disposiciones de la presente Reglamentación sobre faltas y sanciones, jurisdicción y procedimiento, al personal de los Organismos o Empresas enumeradas en los anteriores apartados”.

Un ejemplo práctico de la forma de aplicar esta excepción fue el Decreto 67/76, de 23 de enero, del Ministerio del Aire, que afectó a los trabajadores de la empresa CASA. Este Decreto, en su exposición de motivos, manifestaba que concurrían las particularidades del párrafo final del artículo 2 del Decreto 2525/67, pero no decía cuáles eran, ni si se trataba del estado de guerra o de las circunstancias de excepción. Sea como fuere, el artículo 1 de este Decreto transformaba en causa de despido la incursión de los trabajadores en determinadas “conductas” (pertenencia a asociaciones ilegales, convocatoria de huelgas, etc.) que en realidad eran delitos, no utilizándose este término para evitar el requisito de la condena previa en la vía penal y autorizar la imposición de dos sanciones en otras tantas jurisdicciones (penal y laboral) o, en caso contrario, la concurrencia de resoluciones divergentes sobre unos mismos hechos. Cabía la posibilidad de ser absuelto del delito de asociación ilícita pero ser despedido, sin embargo, por dicho motivo.

Merece consignarse también el artículo 3 de este Decreto, según cuyo tenor “cuando por la naturaleza, alcance o entidad de los hechos, la Dirección General estime que no afectan en forma alguna a los intereses del Ejército del Aire, podrá inhibirse de su conocimiento, en cuyo caso se aplicará la Ordenanza Laboral correspondiente a la empresa y las normas de procedimiento y jurisdicción ordinarias”. La jurisdicción, por tanto, estaba al criterio de un director general. Subsistían los mismos motivos de despido, a cuyos efectos los hechos sí afectan al interé del Ejército del Aire, pero a efectos jurisdiccionales desaparecía dicho interés...

Se había dado el primer paso, la “funcionarización” de los trabajadores. Sólo un año después se autoriza su “militarización”.

3. La Ley de Movilización Nacional

La Ley 56/69 de 26 de abril de movilización nacional estableció dos categorías intermedias entre el personal civil y el militar: el movilizado y el militarizado. Todas las medidas que allí se contemplan están previstas no ya solamente para la defensa del país en caso de guerra, sino también para “situaciones excepcionales” (artículo 1) que podrían prolongarse “por el tiempo indispensable, cuando se estime necesario con fines de instrucción” (artículo 7, párrafo final).

Dichas medidas se pueden tomar, además, por decreto del Gobierno (artículo 4), pero la práctica fue, una vez más, bien diferente, como lo prueba el Decreto 624/72 de 17 de marzo, que delegaba en el ministro de Marina la militarización, previo acuerdo con los de Gobernación e Industria. La competencia bajaba de grado en la escala administrativa: entre tres ministros podían militarizar una empresa, quedando “el personal movilizado y militarizado sujeto al Código de Justicia Militar” (artículo 18). Por personal movilizado entiende la Ley el que queda encuadrado dentro de las Fuerzas Armadas, mientras que por militarizado hay que entender, entre otros, “el correspondiente a organismos o empresas movilizadas o militarizadas total o parcialmente”.

Destaca el empleo disuasorio de estas maniobras de movilización ante determinados conflictos laborales.

De esta Ley -o de la amenaza pública de su empleo- se ha hecho un uso relativamente frecuente, siempre en relación con conflictos laborales, constituyendo un poderoso factor de intimidación contra el ejercicio de un derecho fundamental de los trabajadores: julio de 1970, metro de Madrid; marzo de 972, Empresa Nacional Bazán; enero de 1976, Correos; enero de 1976, Renfe; febrero de 1976, Policía Municipal de Barcelona; febrero de 1976, bomberos de Barcelona; octubre de 1976, transportes de Zaragoza; diciembre de 1977, transportes de Madrid; octubre de 1978, Empresa Nacional de Electricidad; marzo de 1979, Unión Eléctrica de Canarias; marzo de 1979, metro de Barcelona; agosto de 1979, Campsa.

Según Baylos Grau, esta Ley es una “técnica tendente a la supresión de las huelgas”, añadiendo que “la elección de esta técnica pone de manifiesto la necesidad de intervención del aparato de Estado en un sistema capitalista, el ejercicio de la violencia por parte de éste para mantener el sistema de dominación” (1). En realidad representa algo bastante más trascendente; se trata, dice Vicent Fisas, de “una de las leyes más anacrónicas y medievales inventadas por el aparato represor del Estado” (2), donde el artículo 11 impone los trabajos forzados (prohibidos en los Convenios 29 y 105 de la OIT), y el salario se sustituye por un subsidio que varía en función de las cargas familiares, se impone la obligación de realizar horas extras, la ausencia al trabajo es delito de deserción (3), etc. Como apunta Baylos, “la militarización supone la intervención del Ejército en el mantenimiento de la disciplina militar en la actividad productiva y en la dirección de los recursos obtenidos para su
utilización de la manera más eficaz con vistas a los fines perseguidos de defensa del país en caso de guerra o de excepción” (4).

Respecto al alcance de esta Ley, ha escrito Fisas que “de forma preventiva es usual el entrenamiento de determinadas empresas para casos de movilización” (5), en las que se entrega a los trabajadores una tarjeta con su puesto de trabajo y su graduación militar (6).

La Orden de 7 de julio de 1972 planificó una clasificación de las empresas a efectos de movilización, algunas de las cuales recibirían el grado de “entidades esenciales”. Se concedió al Servicio Central de Movilización la competencia para proceder a ello. Este Servicio inventarió nada menos que 6.000 empresas calificadas de “esenciales” en casos de crisis.

Esta Ley era el fruto de décadas de legislación militar, reflejo del papel de los militares en la vida política y social del país: “El Estado español -concluye Baylos- tiende por su propia conformación política, a utilizar el Ejército como solución exclusiva frente a los problemas que le crean sus propias contradicciones” (7).

4. Constitucionalidad de la Ley de Movilización Nacional

Actualmente la huelga aparece como un derecho fundamental (artículo 28.2 de la Constitución) y la Le de Movilización, entre otras cosas, como hemos expuesto, es un “instrumento especializado en la supresión de las huelgas” (8). Además, según el artículo 117.5, el fuero militar debe ceñirse al “ámbito estrictamente castrense” y a los supuestos en que se declare el estado de sitio. Por otra parte, el artículo 55.1 sólo autoriza a suspender el derecho de huelga en los estados de excepción y de sitio, por lo que un decreto del Gobierno sería legalmente inviable para proceder a la movilización de los trabajadores.
Parece, pues, bastante claro que esta ley ha dejado de estar vigente en su totalidad tras la promulgación de la Constitución de 1978. Cruz Villalón ha rechazado rotundamente el plano jurídico la posibilidad de proceder por decreto a la movilización, por ser manifiestamente anticonstitucional (9). En efecto, como afirma Baylos Grau, “el régimen jurídico implantado por la
militarización supone una exclusión constitutiva de la relación laboral, conformando un estatuto jurídico caracterizado por una prestación personal obligatoria, de trabajo forzoso no libre, sometida al Código de Justicia Militar” (10). Y también Arroyo Zapatero se ha pronunciado en términos similares (11).

Pero es fácil comprobar cómo por encima de los principios constitucionales se imponen normas distintas de muy inferior rango.

Los mismos constituyentes elaboran el proyecto de reforma de la Ley de Orden Público (12), donde se decía abiertamente que era elemento integrante del orden público “el regular funcionamiento de los servicios públicos y de los mecanismos económicos del mercado, el respeto de la propiedad pública y privada y la garantía de los productos esenciales para la vida humana”.

Pocas normas jurídicas como la de Movilización Nacional de 1969 han recibido un respaldo legislativo posterior tan contundente.

Primero fue la Ley Orgánica 6/80 de la Defensa Nacional, cuyo artículo 14.1 afirma: “Todos los recursos humanos y materiales y todas las actividades, cualquiera que sea su naturaleza, podrán ser movilizados por el Gobierno para satisfacer las necesidades de la defensa nacional o las planteadas por circunstancias excepcionales, en los términos que establezca la Ley de Movilización Nacional”. Parece referirse, sin embargo, a una nueva Ley de Movilización aún por elaborar, y no a la de 1969. Pero luego fue la Ley Orgánica 9/80, al modificar el artículo 13.1 del Código de Justicia Militar en los siguientes términos: “También se considerarán militares los paisanos que, por disposición del Gobierno, sean movilizados o militarizados con cualquier
asimilación o consideración militar efectiva u honorífica mientras que se encuentran en tal situación”. Más tarde fue la Ley Orgánica 4/81 sobre estados de alarma, excepción y sitio, que declara expresamente en vigor la Ley de Movilización en su artículo 12.2, dándole carácter supletorio. Finalmente, el nuevo Código Penal Militar de 1985 afirma en su artículo 8.5 que también son militares quienes “presten servicio al ser movilizados o militarizados por decisión del Gobierno”.

No es de extrañar que Javier Gálvez no encuentre contradicción entre la Ley de Movilización y la Constitución, y sostenía que “el derecho de la comunidad a que no se interrumpa la prestación de los servicios públicos esenciales goza de preeminencia en relación con el derecho a adoptar medidas de conflicto colectivo. Instrumento de dicha garantía podrán ser las previsiones de militarización o requisa, en su caso, y el establecimiento de sanciones para los supuestos de suspensión voluntaria de tales servicios” (13).

Pero el esfuerzo por argumentar jurídicamente la vigencia de la Ley de 1969 tras la Constitución es vano. Las razones son políticas, aluden a la inercia del pasado: no solamente el desarrollo legislativo, sino la misma práctica ha demostrado que la Ley de 1969 sigue vigente. No hay más que consultar los Boletines Oficiales del Estado de 6 y 7 de marzo de 1979 para encontrar dos decretos de militarización de sendos colectivos de trabajadores, quienes pasan a “depender a efectos jurisdiccionales y de disciplina del Capitán General” de la Región Militar correspondiente (artículo 2). El artículo 4 autoriza, además, a que el Servicio de Movilización proceda a una “militarización de carácter selectivo de personas o grupos de personas”.

Todas estas medidas fueron tomadas con posterioridad a la promulgación de la Constitución. Este artículo 4 seguía una política legislativa muy significativa, iniciada en 1976, cuando se introdujo la noción de “estado de excepción selectivo” (14), antecedente inmediato de la “suspensión individual de garantías” del artículo 55.2 de la Constitución.

5. Formas de militarización de los trabajadores en el Derecho vigente

La movilización de los trabajadores, por tanto, no es sólo posible en los estados de sitio, como sostiene Cruz Villalón (15), sino que se puede decretar en cuatro situaciones distintas. Primero, se puede ordenar de forma autónoma, es decir, sin declarar previamente ningún estado de emergencia (16), ya que el propio artículo 1 diferencia claramente las necesidades ordinarias de la defensa nacional, de las “situaciones de excepción”. Y el párrafo final del artículo 7 dice textualmente: “La ejecución de todas o parte de estas medidas podrá tener lugar no sólo en las situaciones previstas en el artículo primero, sino también por el tiempo indispensable, cuando se estime necesario con fines de instrucción”. Parece, pues, que cabe la posibilidad de militarizar a los trabajadores por mero entrenamiento y preparación, a fin de hacer maniobras y sin necesidad de que exista una previa suspensión de garantías. Esta primera posibilidad de movilización autónoma parece corroborada, por si no bastara lo hasta aquí argumentado, en el artículo 14.1 de la Ley Orgánica 6/80 de la Defensa Nacional y en el artículo 8.5 del Código Penal Militar. Nos parece, pues, incuestionable esta interpretación.

Es además factible la militarización declarando cualesquiera de los estados de alarma, excepción y sitio, dado que la Ley de 1969 es supletoria respecto a la nueva normativa sobre la materia (artículo 12.2) y, además, estos estados de emergencia tienen carácter acumulativo. El estado de alarma se concibe tanto para hacer frente a las calamidades y catástrofes naturales, como ante conflictos laborales graves que den lugar a desabastecimientos o privación de los servicios públicos esenciales. Bajo el estado de excepción se pueden adoptar todas las medidas posibles bajo el estado de alarma más las suyas propias y características (artículo 28), y en el estado de sitio, todas las posibles en el estado de excepción más otras que le son características (artículo 22.2 de la Ley Orgánica 6/80 de la Defensa Nacional y artículo 32.3 de la de alarma, excepción y
sitio).
El problema consiste en determinar si pese a tales facilidades de militarización, pueden aceptarse todas las consecuencias jurídicas de la movilización, especialmente la aplicabilidad del Derecho Penal Militar, es decir, si toda la Ley de Movilización Nacional está vigente o hay disposiciones singulares absolutamente contrarias a la Constitución. En el ámbito sustantivo penal, Arroyo Zapatero se ha manifestado contrario a la consideración de la huelga como delito de sedición militar, incluso bajo el estado de sitio (17); pero puede eludirse fácilmente el obstáculo empleando la técnica de los bandos militares: si el bando del jefe militar ordena a los trabajadores la reintegración al trabajo, el mantenimiento de la huelga no sería formalmente un delito de sedición pero sí de desobediencia al bando, delito contemplado en el Código Penal Militar de 1985. Las
técnicas son intercambiables; el régimen jurídico del estado de sitio depende del bando de un mando militar, cuyo contenido resulta difícilmente precisable y en situaciones críticas es ingenuo pensar que vaya ajustarse a límites jurídicos o que se contenga por escrúpulos de alguna clase.

La posibilidad de militarización autónoma o sin declaración previa de emergencia nos revelaría de mayores precisiones en cuando a los estados de alarma y excepción en concreto. Pero conviene poner de relieve algunas circunstancias. En el estado de alarma todos los funcionarios y trabajadores al servicio de las Administraciones públicas “quedarán bajo las órdenes directas de la
autoridad competente en cuando sea necesario para la protección de personas, bienes y lugares, pudiendo imponerles servicios extraordinarios por su duración o por su naturaleza” (artículo 9.1 de la Ley Orgánica 4/81), de manera que “el incumplimiento o la resistencia a las órdenes de la Autoridad competente en el estado de alarma será sancionado con arreglo a lo dispuesto en las leyes” (artículo 10.1). Finalmente, bajo el estado de excepción no sólo está autorizada la suspensión del derecho de huelga (artículo 23), sino también la “intervención de industrias” (artículo 26.1), así como la vigilancia y protección de instalaciones, obras, servicios públicos, industrias y explotaciones, hasta el punto de poder “emplazar puestos armados en los lugares más apropiados” (artículo 27).

Importa también subrayar que el reconocimiento del derecho de huelga en la Constitución y en su proyecto regulador (artículo 1) está configurado como un instrumento de que disponen los trabajadores para la defensa de “sus intereses”, y es fácil deducir que sólo es constitucional la huelga en defensa de intereses estrictamente laborales y sindicales, y que caen fuera de ese ámbito las de “intencionalidad política”, como decía el viejo Código Penal y actualmente las que tengan por objeto “subvertir el orden constitucional” (artículo 8 del proyecto de ley de huelga).

El respaldo a esta interpretación está en el artículo 7 de la propia Constitución, que ciñe la acción sindical de los trabajadores “a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que le son propios”. Los trabajadores, según la Constitución, no constituyen una clase con intereses políticos definidos, sino una especie de corporación profesional equiparable a los arquitectos, notarios o médicos.

La actividad política parece reservada a la categoría informe de “ciudadanos”, iguales todos ellos ante la ley y cuyo cauce de intervención política son los partidos políticos y las elecciones, no las huelgas.

6. Las raíces totalitarias de la movilización militar

Todo este tipo de normas tienen su origen en la teoría jurídica, propagada por los ideólogos del “Estado total” (18), que se rastrea con la claridad de Ernst Junger y Carl Schmitt, teoría derivada de las concepciones geopolíticas sobre el “espacio vital”.

Schmitt, por ejemplo, acuñó las expresiones de potencialidad militar (expresión del arto 4.2 de la Ley Orgánica 6/80 de la Defensa Nacional) y movilización total: “La Sociedad que a sí misma se organiza en Estado -escribió- hállase en trance de abandonar el tipo de Estado neutral, propio del siglo XIX, de transformarse en un Estado potencialmente integral” (19). El Estado no es ya ajeno ni neutral entre las clases sociales y las fuerzas políticas; no está separado de la sociedad ni está
abierto a las diferentes corrientes sociales, sino que por el contrario es un Estado-partido y partidista, un Estado-clase netamente beligerante.

Estas concepciones, propias del fascismo de entreguerras, parecen retornar hoy plenamente vigentes y asumidas por los Estados capitalistas, que pretenden hacerlas pasar como si de ideas normales y corrientes se tratara (20). Hoy el Estado, más que nunca, está diseñado por y para la guerra, está preparado para la guerra, que considera no como una apertura de las hostilidades, sino todo el período previo de su preparación. Es un Estado que está siempre vigilante porque tiene una visión
existencial del conflicto: hay guerra siempre que el enemigo está presente, y siempre hay un enemigo presente para el Estado contemporáneo. Esa situación de permanente vigilancia hace que acabe viendo enemigos por todas partes: el enemigo no es sólo otro Estado, el extranjero, sino que está dentro incluso: la subversión es un capítulo de la guerra, y la huelga, un acto de fuerza, cuando no de guerra también (21).

En este clima es donde hay que situar, a mi juicio, el mantenimiento de la Guardia Civil como cuerpo militar en funciones policiales interiores y, por tanto, la consideración del ciudadano, no como sujeto de derechos constitucionales, sino como enemigo potencial.

Por otro lado, las nuevas tecnologías, el progreso científico ha transformado la forma de hacer la guerra; ya no hay trincheras y disparos solamente, sino que todas las energías nacionales deben cooperar en la “victoria” militar. De manera que todo debe estar al servicio y disponible para el ejército y, además, el ejército, a su vez, debe estar disponible para todo” (22).

Pero sería simplista afirmar que todo se debe poner a disposición de los generales; en realidad todos, incluida la población, tienen que ponerse bajo sus órdenes: “El aparato bélico, tecnológico actual -escribe C. J. Friedrich- es absorbente, global, omnipresente, y exige la participación de todos y cada uno en la lucha” (23). De lo contrario el potencial militar se vería mermado y reducido, no estaría a ciento por ciento de sus posibilidades, no se aprovecharían todas las energías posibles.

Esto significa también que todos deben participar en la lucha antisubversiva, en la “defensa civil” (24), en la lucha contra el “enemigo interior”. Todos deben colaborar y, además, para ser más eficaces deben ponerse de acuerdo (consenso) en aras de “los intereses superiores de la nación” que, lógicamente, están por encima de los intereses -y por tanto de los derechos- individuales (25). Su reflejo jurídico más claro fue el artículo 2 de la Ley Orgánica 6/80 de la Defensa Nacional, que decía:

“La defensa nacional es la disposición, integración y acción coordinada de todas las energías y fuerzas morales y materiales de la Nación, ante cualquier forma de agresión, debiendo todos los españoles participar en el logro de tal fin. Tiene por finalidad garantizar de modo permanente la unidad, la soberanía e independencia de España, su integridad territorial y el ordenamiento constitucional, su integridad territorial y el ordenamiento constitucional, protegiendo la vida de la población y los intereses de la Patria, en el marco de lo dispuesto en el artículo 97 de la Constitución”.

Es la perfecta definición de un Estado total que tan claramente expusiera Aunós en 1930, alabando las nuevas normas jurídicas que comenzaban a difundirse por entonces en Europa, las cuales “muestran elocuentemente cómo los Ministerios de Trabajo son colaboradores de los Ministerios de Defensa Nacional en un amplio sentido constructivo, y cómo las leyes sociales disciplinan y
afirman el deber de las masas productoras convirtiéndolas en defensas básicas del país” (26). Y también Girón lo expuso en plena función de ministro franquista: “El trabajador es un soldado de la Patria, con toda la disciplina implacable, pero con toda la gloria de serlo”. Son ejemplos significativos de la incorporación al ordenamiento jurídico común de normas excepcionales: la posibilidad de proceder a la militarización de las personas sin necesidad de declarar el estado de sitio, el estado de guerra por decreto.

Notas:

(1) “La militarización de los servicios públicos”, El Cárabo, núm. 2, septiembre-octubre de 1976.

(2) El poder militar en España, Laia, Barcelona, 1979, pg. 134.

(3) Vid. un ejemplo en Fuertes: Consejo de Guerra a seis trabajadores, Gaceta de Derecho Social, núm. 21, febrero de 1973, pg.8.

(4) La militarización, El Cárabo, pg. 28.

(5) El poder militar en España, Laia, Barcelona, pg. 139.

(6) Véase un ejemplo en C. García Valdés: “M de movilización”, Gaceta de Derecho social, núm. 27, agosto de 1973. pg. 12; pero el comentario del autor ante el acontecimiento no responde la legislación vigente: “En cualquier caso -dice García Valdés- lo más importante para nosotros es apresuramos a adelantar que la medida no tiene por qué afectar -en pura teoría jurídica- a los intereses laborales de los trabajadores, los cuales no han de pensar que serán coartados en sus reivindicaciones laborales justas”. Incluso pretende justificar la militarización para que las empresas efectúen “servicios especiales” en casos tales como incendios, explosiones, inundaciones y alteraciones públicas”. No contento con sostener tamaña tesis. García Valdés continúa en habla en la tarjeta no tienen nada que ver con la actividad trabajadora, su jurisdicción propia -no militar, desde
luego- situaciones conflictivas y cauces de protesta, en su caso”. Evidentemente el autor no conocía la Ley a la que se estaba refiriendo.

(7) La militarización, El Cárabo, pg. 34.

(8) Baylos Grau: Derecho de huelga y servicios esenciales para la comunidad, Tecnos, Madrid, 1987, pg. 204.

(9) Estados excepcionales y suspensión de garantías, Tecnos, Madrid, 1984, pg. 79.

(10) Derecho de huelga, pg. 204.

(11) “Responsabilidad penal en la huelga y el cierre patronal”, Comentarios a la legislación penal, Edersa, Madrid, 1983, tomo

11, pgs. 230 y ss.

(12) Diario de Sesiones de las Cortes, 1 de febrero de 1978, págs. 972 y ss.

(13) Con Garrido Falla, Serrano Alberca y otros: Comentarios a la Constitución, Civitas, Madrid, 1980, pg. 465.

(14) Fraga Iribarne, que no es ajeno a la ley de 1969, se mostró partidario de hacer del servicio militar “un sector básico de una idea más general del servicio social”, comprensivo tanto de los momentos de paz como de guerra, introduciendo abiertamente el concepto de movilización general selectiva (Un objetivo nacional, Dirosa, Barcelona, 1975, pg. 153).

(15) “La protección extraordinaria del Estado”, con García de Enterría, Predieri y otros: La Constitución española de 1978, Civitas, Madrid, 1981, pgs. 693-694.

(16) En contra de esta tesis, Baylos Grau, El derecho de huelga, pg.206.

(17) Op. cit., pg. 232.

(18) De esta noción deriva la “guerra total”, guerra en la que se involucra a todos los ciudadanos y en la que, por tanto, desaparecen las fronteras entre lo civil y lo militar; vid. M. y A. Mattelart: Comunicación e ideologías de la seguridad, Anagrama, Barcelona, 1978, pgs. 52-53.

(19) La defensa de la constitución, Labor, Barcelona, 1931, pg. 100.

(20) Son las mismas ideas expuestas por Díez-Alegria, quien también sostiene hoy que la guerra es total (Ejército y sociedad, Alianza, Madrid, 2ª Ed., 1973, pg. 65).

(21) Así la considera Robert Moss, para quien, además, en la guerra gana siempre el más poderoso, no el que tiene más derechos (El colapso de la democracia, Cosmos, Madrid, 1977, pg. 104).

(22) Díez-Alegría, ob. cit., pg. 44.

(23) Gobierno constitucional y democracia, Instituto de Estudios Políticos, Madrid, 1975, tomo 11, pg. 585.

(24) “Mas la guerra moderna no puede contentarse ya con un tan estrecho significado de la contribución que han de prestar los habitantes de un país cuando éste se vea atacado, el cual ha de movilizarse por completo para encauzar acertada y convenientemente, las actividades de cuantos en él residen y cuyo concurso general es tan imperativo que no se admite excepción de ningún género (V. Suances: La seguridad nacional y los servicios informativos, Lima, 1950, pg. 105).